By: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora
Founder of JURIDAI – In-house Legal Training on General Principles of Law Regarding Artificial Intelligence (AI)
Existe la (lo denominado, conocido, como) filosofía en relación con el derecho. Propiamente, existe la forma de la existencia del derecho. Existe el fundamento jurídico (el fundamento, la base, la condición, de la forma, de la existencia, del derecho; existe lo que es necesario para que exista la forma de la existencia del derecho; existe lo definido en el derecho). Existe la forma de la existencia de la validez definida en el derecho. Existe la idea de la forma de la existencia del derecho la cual cuando se (a, le) conoce (cuando se conoce, a, la, esa, dicha, idea) hace que se conozca el (significa que se conoce el; propiamente, la cual, es la forma de la existencia del conocimiento del) derecho. Es la forma en (relación con) la cual se conoce el derecho. Es la forma (de la existencia) por medio de la cual se conoce el derecho. Se conoce a la forma de la existencia del derecho. Se conoce a la forma en la cual existe el derecho. Se conoce el todo de la forma de la existencia (total, del todo, completa, clara, efectiva; se conoce al ser) del derecho. Se conoce el (al) todo del derecho. Se conoce el (al) deber ser jurídico. Se conoce el (al) ser (conocido, denominado como) derecho.
Por eso, no se trata de la filosofía del derecho. Se trata de la forma de la existencia del derecho. Se trata de conocer y atender el (todo, de la forma, incluido: total, plena, completa, de la existencia del, todo, de la forma, de la existencia, del ser, del) derecho. Se trata de que no se divida el derecho. Por ejemplo, no se trata de dividir el (al, ser, del) derecho en «filosofía del derecho (filosofía jurídica)», «teoría del derecho (teoría jurídica)», «filosofías sobre el derecho», «ideas sobre el derecho», «derecho público», «derecho privado», «(en general) denominación del derecho por áreas-ramas-temas-particularidades-especialidades», «derecho de cada Estado», etc. Se trata de la idea del derecho. Del todo del derecho. Del derecho. Del deber ser jurídico. Del todo de la forma de la existencia del derecho. De entender que el derecho es un ser. Solo existe (el, ser, del) derecho. No existen varios seres (del) derecho.
Otra cosa es que el derecho aplica a la medida de cada relación jurídica (es decir, a la medida de la forma en la cual existe, exista, cada relación entre seres humanos en, relación con, la cual existen, existan, derechos y deberes jurídicos, es decir, derechos y deberes definidos en el, mediante el, ser, del, conocido, denominado, como, derecho). Por eso, otra cosa es que existan ideas (válidas, diligentes, efectivas, libres, liberadoras, evolucionadoras, contundentes, óptimas, buenas) en relación con el derecho. En relación con la forma de la existencia del cumplimiento del derecho. En relación con la forma de cumplir con (lo definido en el derecho).
De hecho, lo determinante es que exista diligencia jurídica. En cada relación jurídica (a la medida de cada relación jurídica). Es decir, lo determinante es que cada ser existente en cada relación jurídica exista de una forma diligente jurídicamente (es decir, cumpla con la forma en la cual le aplica, lo definido en, el derecho a la medida de la forma en la cual existe, exista, su ser, humano, con base en la forma en la cual existe, exista, la, respectiva, cada, el todo de la, relación jurídica en, relación con la cual existe, exista). Porque lo determinante es que en la (cada, el todo de la) relación jurídica exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos. Lo cual existe cuando se cumple con (lo definido en) el derecho (a la medida de la forma en la cual aplica, aplique, el, todo, de la forma, de la existencia, de lo definido en el, mediante el, con el, por el, a través del, derecho a la medida de cada relación jurídica, existente, que exista, involucrada).
Por eso, se trata de tener claro qué es el derecho. Cuál es el ser (del) derecho. Qué es lo válido jurídicamente. Qué es lo bueno jurídicamente. Cuál es la forma de la existencia de la diligencia jurídica. Cuál es la forma de gozar (de, todos) los derechos y de cumplir (con, todos) los deberes jurídicos. Cuál es la forma de cumplir con el derecho. Cuál es la forma de existir libremente. Cuál es la forma de ser libres. Cuál es la forma del mundo bueno (en relación con, lo definido en, el derecho). Se trata de atender el (al) todo del derecho. A la medida de cada relación jurídica. Se trata de que exista el efecto del cumplimiento del derecho. La forma de la existencia que existe cuando se cumple con el derecho. Se trata de que exista libertad. La cual solo existe cuando su ser existe (cuando existe, incluido: totalmente; cuando existe el ser, de la, libertad, cuando el ser, de la, libertad, existe, cuando existe el ser, denominado, conocido, como, libertad). Lo cual (solo) existe cuando cada ser existe de una forma libre.
Porque (el todo de) la forma de la existencia de la libertad existe cuando existe el todo de su ser y ello existe cuando cada ser existe de una forma libre porque la libertad es el ser creado por el resultado de la unión de cada parte de su forma de la existencia (es decir, es el ser que existe por el resultado de la unión de la libertad de cada ser, es decir, es la forma de la existencia que existe cuando existe, el todo de la, forma de la, existencia de la, libertad). Lo cual (solo) existe cuando se cumple con (lo definido en) el derecho. Es decir, cuando se gozan los derechos (cuando existe el goce de los derechos) y se cumplen los deberes (cuando existe el cumplimiento de los deberes) jurídicos.
Es decir, cuando existe la forma de la existencia de la libertad definida en el derecho (cuando existe, la, una, alguna, forma de la, existencia de la, libertad jurídica, es decir, cuando existe la, forma de la, existencia de la, libertad en relación con, lo definido en, el derecho). Es decir, cuando el ser del todo (de la forma, de la existencia) del mundo relacionado con la existencia humana existe de una forma que coincide (que cumple) con (que atiende a) su (respectivo; que cumple con el, que atiende el, al) deber ser jurídico.
Por eso, se trata de que exista la relación jurídica válida jurídicamente. De que cada relación jurídica exista de una forma válida jurídicamente. De que el todo de la forma de la existencia de la relación jurídica (creado por el resultado de la unión de cada relación jurídica existente, que exista, involucrada) exista de una forma válida (sea válido) jurídicamente. Al ser la forma de la existencia de la libertad. Incluido, al ser la forma de la existencia del mundo (existente en relación con el todo de la forma de la existencia del ser humano, de lo humano; propiamente, existente en relación con la, existencia de la, humanidad) bueno (para todos, para todo ser). Libre. Evolucionado. Evolucionador. Liberador. Realizador. Simplificador. Efectivo. Solucionador. Mejor. Mejorable. Mejorado. Bondadoso. Armónico. Libre.
No existe la filosofía del derecho. Existe el derecho. Otra cosa es que el derecho tenga una «filosofía» (una idea, un objetivo). El que exista (hacer que exista) la libertad (jurídica). Que (el que, cuando se cumple, cumpla, con lo definido en, mediante, él) exista (existe, la) libertad (jurídica).
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