Jurídicamente, no se protege (exclusivamente, radicalmente, arbitrariamente) a la empresa comercial (mercantil) o al consumidor sino a la validez (jurídica) de la relación (jurídica) entre ellos
Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora © Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital www.juridia.co En (relación con; desde) el derecho (es decir, jurídicamente) no se trata de la proteger exclusivamente (arbitrariamente, parcializadamente, únicamente) a la empresa comercial (mercantil) o al consumidor. Se […]
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