Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital

www.juridia.co

 

La publicidad digital empresarial (de la empresa mercantil) es válida cuando se conoce y atiende el todo del derecho a la medida de su ser (del ser de la publicidad), con base en la forma en la cual exista en cada caso.

 

Por eso, no solo se trata de conocer y atender normas jurídicas específicas sobre publicidad. Porque esta es solo una parte del deber ser jurídico. Se trata de conocer y atender, armónicamente, el todo del deber ser jurídico (es decir, el todo del derecho) a la medida de cada caso que involucre esta forma de publicidad.

 

Entonces, más que de abogados especializados en el campo de la publicidad se necesita de abogados y, en general, de seres humanos que sean diligentes cumpliendo el derecho, según la forma en la que le aplique a cada ser humano de acuerdo al perfil que tenga, a la medida de cada caso.

 

Lo que deja claro que la publicidad válida no solo se hace por el abogado. Es una creación colectiva. Gracias a la diligencia de cada ser humano involucrado en cada caso.

 

Por eso, la publicidad digital empresarial válida es la que coincide con su deber ser jurídico gracias a la diligencia humana que logra esa coincidencia por medios, indirecta y/o directamente (según el caso), humanos. Medios que son analógicos y/o digitales, según lo que sea diligente en cada caso.