Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©
Fundador de JURÍDIA – Enseñamos mundialmente la forma de la validez jurídica
El derecho existe (el deber ser jurídico existe). El derecho se cumple cuando se actúa de una forma (que es, que sea) armónica (en relación) con lo definido en él (en el derecho). Es decir, cuando se existe coincidiendo con lo definido con el derecho. Cuando se existe coincidiendo con el deber ser jurídico. En la relación jurídica. Es decir, en la relación entre seres humanos en la cual aplica (procede) el derecho porque existen derechos y deberes jurídicos (en, relación con, ella; en la, esa, relación). El cumplimiento del derecho se prueba cuando se actúa de una forma armónica con el derecho. Cuando se existe cumpliendo con el derecho. Cuando se cumple con el derecho. Es decir, cuando se existe diligente jurídicamente. Cuando se es diligente jurídicamente. Cuando existe validez jurídica. Porque existe efectividad jurídica. Es decir, (porque existe) el goce de (todos) los derechos y el cumplimiento de (todos) los deberes jurídicos. En la relación jurídica.
Por eso, el cumplimiento del derecho se prueba cuando se cumple con (lo definido en) el derecho, es decir, cuando se gozan los derechos y se cumplen los deberes jurídicos (es decir, los derechos y deberes definidos en el derecho); la siguiente imagen lo ilustra: