Por: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ([email protected])

Fundador de JURÍDIA – Entrenamiento Jurídico para Abogados y Equipos de Abogados mediante conversaciones sobre temas jurídicos universales en relación con la Inteligencia Artificial (IA) [email protected]

El consumidor y la empresa mercantil (comercial) tienen derechos y deberes jurídicos en relación con la publicidad comercial digital con base en la forma en la cual exista (la publicidad, comercial, digital) en cada relación jurídica (es decir, en cada relación, existente, entre personas, físicas, es decir, naturales, y/o morales, es decir, jurídicas, y, propiamente, en cada relación, existente, entre, cada uno de, los, seres humanos, representantes, respectivamente, de, es decir, entre cada ser humano que represente, a, cada una de, las personas, es decir, en cada relación, existente, entre los seres humanos vinculados, relacionados, con la forma de la existencia de cada una de las personas, existentes, involucradas, en la, respectiva, relación, existente, involucrada, en la cual existan derechos y deberes jurídicos) existente entre ellos (entre el consumidor y la empresa mercantil, comercial, es decir, entre la persona del consumidor y la persona de la empresa mercantil, comercial, es decir, entre los seres humanos relacionados con la forma de la existencia del consumidor y de la empresa mercantil, comercial, es decir, entre cada ser humano que represente, válidamente jurídicamente, a, la, forma de la, existencia de la, persona del consumidor y, a, la, forma de la, existencia de la, persona de la empresa mercantil, comercial) con base en la forma en la cual exista la (respectiva) relación jurídica.

Por eso, cada ser humano existente en relación con la forma de la existencia del consumidor y (cada ser humano existente en relación con la forma de la existencia) de la empresa mercantil (comercial) debe existir de una forma que haga que exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos del consumidor y de la empresa mercantil (comercial). Es decir, cada ser humano representante válidamente jurídicamente (de la persona) del consumidor debe gozar de los derechos y cumplir con los deberes jurídicos que tenga el consumidor (con base en la forma en la cual el derecho le aplique a cada ser humano representante válidamente jurídicamente del consumidor, es decir, con base en los derechos y deberes jurídicos que tenga cada ser humano, como, en su calidad de, en su condición de, representante, válidamente jurídicamente, del consumidor) y cada ser humano representante válidamente jurídicamente (de la persona) de la empresa mercantil (comercial) debe gozar de los derechos y cumplir con los deberes jurídicos que tenga la empresa mercantil, comercial, (con base en la forma en la cual el derecho le aplique a cada ser humano representante válidamente jurídicamente de la empresa mercantil, comercial, es decir, con base en los derechos y deberes jurídicos que tenga cada ser humano, como, en su calidad de, en su condición de, representante, válidamente jurídicamente, de la empresa mercantil, comercial) en relación con la (forma en la cual exista la) publicidad comercial digital (en relación con cada relación jurídica en la cual exista).

Esa es la forma en la cual el consumidor y la empresa mercantil (comercial) gozan (de) sus derechos y cumplen (con) sus deberes jurídicos en relación con la publicidad comercial digital (por eso, por ejemplo, para que la empresa mercantil, comercial, cree, comunique y atienda válidamente jurídicamente, es decir, de una forma armónica con lo definido en el derecho, a, su publicidad digital cada ser humano que la represente, válidamente, jurídicamente, debe existir de una forma en la cual cumpla con el derecho en relación con ella y, por ejemplo, para que el consumidor conozca válidamente jurídicamente, es decir, de una forma armónica con lo definido en el derecho, a, la publicidad comercial digital cada ser humano que represente a su persona, de, como, consumidor, propiamente, a su persona de, como, consumidor de, ante, la, una, empresa mercantil, comercial, porque existen consumidores en relación con un producto que no se relaciona con una empresa mercantil, comercial, debe existir de una forma que cumpla con el derecho en relación con la forma en la cual exista la relación jurídica en la cual exista la publicidad, comercial, digital); la siguiente imagen lo ilustra: