LA RELACIÓN JURÍDICA DEL DERECHO Y LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL
Por: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora
Certificado como posdoctor en derecho, Ph.D. en derecho, magíster en derecho mercantil/comercial, máster en derecho y tecnologías de la información, máster en derecho de las telecomunicaciones, abogado, autor de varios libros sobre la validez jurídica y fundador de JURÍDIA Formación Jurídica para Abogados y Equipos de Abogados sobre Los Principios Generales del Derecho en Relación con la Inteligencia Artificial (IA) [email protected]. Contacto: [email protected].
La relación jurídica es el ambiente relacionado con lo definido en el derecho. Una relación jurídica es cualquier ambiente en el cual existen/aplican/proceden derechos y deberes. Es decir, es la relación que existe entre algo -entre un ser, sujeto u objeto- (relacionado con -lo definido en- el -todo del- derecho) y -la forma de, la existencia de- los derechos y deberes.
Por eso, no se trata de la relación jurídica contractual ni de la relación jurídica extracontractual. Se trata de la relación jurídica. Es decir, de la/cualquier/cualquiera relación en la cual deben ejercerse (existen, aplican, proceden) derechos y deberes.
Esa es la razón por la cual el cumplimiento del derecho se hace a la medida de la/cada/toda relación jurídica. Por ende, una relación jurídica válida es en la cual los derechos se gozan y los deberes se cumplen.
El deber ser jurídico (el deber ser del derecho) es el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes. La validez jurídica es cuando ello existe. La seguridad jurídica es la certeza de la existencia de dicho cumplimiento del derecho. La eficacia jurídica es el ejercicio de los derechos y deberes.
Entonces, lo determinante es la diligencia jurídica. Es decir, (el que) cada quien cumpla con (lo definido en) el -todo del- derecho. Con base en la forma en la cual (le) aplique/aplica a cada quien según (la forma de) cada relación jurídica.
¿Existe la/una/alguna relación jurídica entre el derecho y la inteligencia artificial? Sí. Porque los derechos y deberes existen (deben ejercerse) en relación con la inteligencia artificial. A la medida de cada relación jurídica en la cual exista (la, una, alguna -forma de la, existencia de la-) inteligencia artificial.
Propiamente, la relación jurídica es entre seres humanos. Existe entre seres humanos. En relación con seres humanos. Porque los seres humanos son quienes tienen derechos y deberes. Son quienes deben cumplir con el derecho. Quienes deben ejercerlo/aplicarlo.
Cuando en esa relación existe/exista lo conocido como inteligencia artificial debe existir el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes en relación con ello (con base en la forma en la cual exista la/cada relación jurídica en la cual exista la inteligencia artificial).
Esa es la forma (de la existencia) de la inteligencia artificial válida. Porque existe con base en el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes. Lo cual hace que exista el ejercicio de los derechos y deberes en relación con la inteligencia artificial.
El ser humano es quien responde por ello. Es el responsable de hacer la inteligencia artificial bien. Buena. Para el bien. El bienestar. Lo hace/logra cuando es diligente. Cuando existe de la/una/alguna forma diligente.
Entonces, se debe aclarar/conocer/saber cómo existen los derechos y deberes. Cómo se ejercen. Cómo se cumple con el derecho. Cómo se aplica lo definido en el derecho. Cómo se gozan los derechos y cumplen los deberes.
A nivel general y en relación con la inteligencia artificial. Esa es la relación jurídica del derecho y la inteligencia artificial. Consiste en conocer cómo se debe cumplir con el derecho en relación con ello y en lograrlo/aplicarlo/hacerlo.
La solución es conocer el derecho. El fundamento del derecho (fundamento jurídico). Las partes y el todo del derecho. Las condiciones de la existencia de los derechos y deberes. La forma (de la existencia) del ejercicio de los derechos y deberes.
La filosofía del derecho/la teoría del derecho/el fundamento del derecho/el todo del derecho/el derecho es la respuesta. Porque ese conocimiento aclara cómo existen los derechos y deberes.
Propiamente, la solución es conocer y cumplir/aplicar/ejercer el derecho. Lo cual (solo) existe cuando se gozan los derechos y cumplen los deberes (no existe el cumplimiento del derecho cuando no se ejercen los derechos y deberes).
Existen partes del derecho relacionadas con su incumplimiento. Pero cuando eso se aplica no se cumple con el derecho. Se aplica esa parte del derecho. Porque no existe el goce de (incluido, todos) los derechos y cumplimiento de (incluido, todos) los deberes.
Finalmente, es posible (en definitiva, se debe) aclarar/precisar/simplificar la forma del ejercicio de los derechos y deberes. En eso consiste el bienestar. La evolución. La diligencia. El derecho. El bien. El conocimiento (la solución, la respuesta) existe. Se debe descifrar. Aclarar. Optimizar. Simplificar. Aplicar. Disfrutar. Lograr. Avanzar. Mejorar. Experimentar. Sentir. Conocer. Reconocer. Cumplir. Por ejemplo, en relación con lo llamado inteligencia artificial (I.A.).