Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©
Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital
La publicidad comercial digital válida jurídicamente es la (publicidad, comercial, digital) que cumple con (lo definido en) el derecho. Es la publicidad (comercial, digital) creada, comunicada y atendida de una forma en la cual (se) cumple con el derecho. Es la publicidad (comercial, digital) en relación con la cual cada ser humano existente en relación con ella existe de una forma diligente jurídicamente. Es decir, es la publicidad (comercial, digital) en relación con la cual cada ser humano existente en relación con ella existe cumpliendo con (lo definido en) el derecho (en relación con ella).
Es la publicidad comercial digital que existe de una forma en la cual existe el goce de (todos) los derechos y el cumplimiento de (todos) los deberes jurídicos. Es la publicidad comercial digital que existe gracias a que el ser humano es diligente jurídicamente (es decir, gracias a que el ser humano cumple con el derecho) en relación con la forma en la cual existe (la publicidad comercial digital). Con base en la forma en la cual existe (la publicidad comercial digital) en la (respectiva) relación jurídica (en, relación con, la cual existe). Con base en la forma en la cual existe cada ser humano en la respectiva relación jurídica en la cual existe la publicidad comercial digital.
Es la publicidad comercial digital que existe gracias a que el ser humano ha hecho que la pieza publicitaria, que (el todo de) la forma del funcionamiento (creado por el resultado de la unión de las formas, de la existencia, analógicas, es decir, en átomos, y digitales, es decir, en bits, relacionadas con la forma del funcionamiento existente en relación con la forma de la existencia de la publicidad comercial digital), que la forma en la cual se comunica y que la forma en la cual se atiende su efecto existan de una forma que coincide (que cumple, que es armónica) con lo definido en el derecho.
Por eso, la publicidad comercial digital efectiva jurídicamente es la (publicidad, comercial, digital) que comunica (a) algo que es válido jurídicamente. Es la que comunica (a) algo que cumple con el derecho. Que es armónico con lo definido en el derecho. Que atiende el (al) deber ser jurídico. Es la publicidad (comercial, digital) por medio de la cual el ser humano diligente jurídicamente comunica (a) algo. Es la publicidad (comercial, digital) que comunica de una forma efectiva jurídicamente. Es la publicidad (comercial, digital) que comunica de una forma válida jurídicamente.
Es la publicidad (comercial, digital) que existe de una forma en la cual (su mensaje, se) comunica con base en la existencia del goce de (todos) los derechos y (del) cumplimiento de (todos) los deberes jurídicos (en relación con ella).