Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital

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La validez jurídica es la forma que existe cuando se cumple el derecho. Es el resultado del cumplimiento del derecho. Es la forma del ser que debe cumplir y cumple el derecho al existir dentro de una relación jurídica. Propiamente, es la forma de la coincidencia del ser (sujeto al derecho; que debe cumplir el derecho) con su deber ser jurídico. Por eso, es la forma de la existencia del ser válido jurídicamente. Y por eso, el caso válido es el ser (del caso), sujeto al derecho, que cumple el (es decir, con cada parte del y, propiamente, con, el, todo del) derecho (al existir de una forma armónica con él, al ser armónico con él; con el derecho, es decir, con el, su, deber ser jurídico).

 

Entonces, para que el ser del caso (sujeto al derecho) sea válido (jurídicamente) cada parte (del caso) debe coincidir (incluido: completamente, integralmente; totalmente) con su (respectivo) deber ser jurídico y el todo (del caso), creado por el resultado de la unión de sus partes, debe coincidir con su (respectivo) deber ser jurídico. Por eso, no se trata de que las partes cumplan el derecho. Se trata de que tanto cada una de las partes como el todo (del caso, sujeto al derecho) cumpla (es decir, coincida con lo definido en) el derecho. Según el caso, en el caso y a la medida del caso (sujeto al derecho). Ese es el caso válido jurídicamente.

 

En definitiva, la atención de la parte y del todo de algo (es decir, la atención, del todo, de un ser; incluido el ser del, de un, deber ser, siendo el, todo del, deber ser jurídico el ser que involucra a los demás deberes ser al ser, el deber ser jurídico, la forma de la diligencia, jurídica, es decir, de la virtud, humana, al ser lo que, es decir, al ser la forma que, cuando se atiende hace que exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes, jurídicos, existentes, a la medida del, respectivo, caso, sujeto a derecho) solo existe cuando se cumple lo definido tanto en la parte como en el todo a la medida del (respectivo, de cada) ambiente (involucrado, es decir, a la medida del, de cada, tiempo y espacio, involucrado, es decir, a la medida del, de cada, caso, contexto, fenómeno; propiamente, a la medida de la, incluido: a la medida de cada forma y del todo de la forma creado por el resultado de la unión de las partes de la respectiva, forma, involucrada).