Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

Fundador de JURÍDIA – Enseñamos mundialmente la validez jurídica

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Cada ser humano debe cumplir con (lo que se define en) el derecho. Cuando lo debe (deba) cumplir. Es decir, cuando existe (exista) en un ambiente en el cual existen (existan) derechos y deberes jurídicos.

 

Por eso, cada ser humano debe tener la habilidad (propiamente, la capacidad; cada ser humano debe ser capaz) de (necesaria, para) cumplir con (lo definido en) el derecho. Con base en la forma en la cual le aplica (aplique) el derecho en cada ambiente relacionado con (lo definido en) el derecho en el cual (cada ser humano) existe (exista).

 

Por eso, cada ser humano debe existir de una forma válida jurídicamente. Debe ser válido jurídicamente. En cada ambiente relacionado con el derecho en (relación con) el cual (cada ser humano) exista. Es decir, (por eso) cada ser humano debe cumplir con (el derecho). Con base en los derechos y deberes jurídicos que tenga (que deba ejercer, cumplir, atender, aplicar). Es decir, con base en la forma en la cual el derecho le aplique. En cada ambiente relacionado con el derecho (con base en la forma en la cual cada quien exista en cada ambiente relacionado con el derecho a la medida de la forma en la cual exista cada ambiente relacionado con lo definido en el derecho).

 

Por eso, cada ser humano debe conocer y, propiamente, atender a la forma en la cual le aplique el derecho. Por eso, cada ser humano debe existir de una forma válida jurídicamente. Es decir, de una forma capazmente válida jurídicamente. Es decir, con base en su capacidad válida jurídicamente. Propiamente, con base en una forma de la existencia (que sea) capaz (válidamente) jurídicamente. Es decir, (debe existir) de una forma en (relación con) la cual goce de sus derechos y cumpla con sus deberes jurídicos.

 

Por eso, cada ser humano debe ser diligente jurídicamente. Es decir, capaz jurídicamente. Es decir, (propiamente, por eso, cada ser humano, existente de una forma relacionada con lo definido en el derecho) debe cumplir (debe existir de una forma que cumpla; de una forma en, relación con, la cual cumpla) con (lo definido en) el derecho.

 

Por eso, cada ser humano debe contar con las habilidades y, propiamente, debe tener las habilidades necesarias para poder cumplir con el derecho y, propiamente, para cumplir con el derecho. Debe ser capaz de cumplir con el derecho. Debe ser capaz de aplicar (a) lo definido en el derecho. Con base en la forma en la cual exista su ser (humano) en cada ambiente relacionado con (lo definido en) el derecho.

 

Por eso, no se trata de que el derecho siempre se cumpla de la misma forma en relación con cada persona sino de que la forma del cumplimiento del derecho es (solo) una (es la misma; solo, es una), pero la forma de su aplicación (pero la forma de la aplicación de la forma de la existencia del cumplimiento del derecho; pero la forma de la aplicación del cumplimiento del derecho; es decir, pero la forma de la aplicación de lo definido en el derecho, es decir, pero la forma de la aplicación del derecho) depende de la forma en la cual exista cada ambiente relacionado con (el derecho).

 

Por eso, cada quien debe estar capacitado jurídicamente y, propiamente, debe ser capaz jurídicamente (debe existir, incluido, actuar, incluido, comportarse), de una forma válida jurídicamente a la medida de cada ambiente relacionado con el derecho en (relación con) el cual cada quien exista. Esa es la forma en la cual se puede cumplir y, propiamente, se cumple con lo definido en el derecho (incluido, esa es la forma de disfrutar del efecto del cumplimiento del derecho; esa es la forma en la cual cada ambiente relacionado con el derecho existe de una forma válida jurídicamente, propiamente: de una forma buena, es decir, de una forma existente con base en la existencia de la atención de lo definido en el derecho, es decir, de lo definido en el deber ser jurídico).