Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©
Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital
Una empresa mercantil (comercial) que hace «comercio electrónico» (propiamente, involucrada en el comercio, usando medios electrónicos, es decir, existentes con base en los contenidos existentes con base en la electrónico, es decir, en lo electrónico, y analógicos, es decir, en átomos, para ello, es decir, para involucrarse en el comercio) comunica (a) su publicidad (comercial) digital (es decir, en bits) en dicho «comercio electrónico» (propiamente, en el medio, contexto, ambiente, electrónico, es decir, en la forma de la existencia de lo electrónico, relacionado, es decir, en la forma de la existencia electrónica relacionada, con la forma de la existencia de esa publicidad, comercial, digital). La empresa mercantil (comercial) comunica (a) su publicidad (comercial, digital) sin delimitarla geográficamente. Se puede conocer mundialmente (a nivel mundial, en cualquier lugar, en cualquier, ambiente, en cualquier tiempo y espacio, en cualquier forma, de la existencia, relacionada con la forma, total, definitiva, completa, del todo, de la forma, de la existencia de esa publicidad, comercial, digital) por parte de cualquier consumidor que la pueda conocer. Un consumidor la conoce, pero no se comunica con la empresa (mercantil, comercial) publicitada (mediante ella, mediante la, esa, dicha, tal, publicidad, comercial, digital). Otro consumidor la conoce y se comunica con la empresa (mercantil, comercial) publicitada (mediante ella, mediante la, esa, dicha, tal, publicidad, comercial, digital). La empresa mercantil (comercial), publicitada (mediante la, esa, dicha, tal, publicidad, comercial, digital) no es consciente de (no sabe) que forma una relación jurídica (es decir, una relación en la cual existen derechos y deberes jurídicos, es decir, derechos y deberes definidos en el derecho) con cada consumidor que conoce (a) su (a, esa, a, dicha, a, tal, a, la) publicidad (comercial, digital).
¿Qué pasaría si un consumidor la conoce y acepta (válida o inválidamente jurídicamente) su contenido (cuando la publicidad, comercial, digital, comunique, comunica, a, una oferta mercantil, comercial, es decir, a, una invitación a celebrar un negocio) y después (posteriormente) se retracta, válida o inválidamente jurídicamente, (de, en relación con, ello)? ¿Qué pasaría si un consumidor rechaza, válida o inválidamente jurídicamente, (a) su (esa, la, dicha, tal) publicidad (comercial, digital)? ¿Qué pasa si un consumidor acepta, válida o inválidamente jurídicamente, el efecto (jurídico) de su (qué pasa, qué ocurre, qué sucede, qué se debe hacer, si un consumidor realiza, presenta, expresa, comunica, de alguna forma, a, una, forma de la, existencia de la, una, alguna, aceptación de, es decir, en relación con, es decir, acepta, la, esa, dicha, tal) publicidad (comercial, digital)?
JURÍDIA (agradecida con Sabiduría Jurídica, tatarabuela de Claridad Jurídica quien es bisabuela de Diligencia Jurídica quien es abuela de Efectividad Jurídica quien es madre de Conocimiento Jurídico y de Cumplimiento Jurídico cuya maestra es Libertad Jurídica) comenta: lo determinante es la existencia de la efectividad jurídica, del cumplimiento (incluido el ambiente existente con base en el disfrute del efecto del cumplimiento) del derecho, en relación con la (forma de la, existencia de la, es decir, en relación con la forma en la cual exista la) publicidad comercial digital. Esa es la (única, forma de la, existencia de la) publicidad comercial digital efectiva. Al ser la publicidad comercial digital válida (es decir, diligente, es decir, válida, es decir, buena, es decir, efectiva) jurídicamente. Porque es la (forma de la, existencia de la) publicidad comercial digital en relación con la cual existe el goce de (todos) los derechos y el cumplimiento de (todos) los deberes jurídicos (existentes, aplicables, procedentes, vinculados, vinculantes, necesarios, para que cada quien existente en relación con ella exista de una forma libre jurídicamente, es decir, con libertad jurídica, jurídicamente, es decir, disfrutando, del efecto, de la forma, de la existencia, de la, una, alguna, forma de la, existencia de la, libertad, jurídica, jurídicamente) en relación con ella (en relación con la, forma en la cual existe, exista, la, publicidad comercial digital, jurídicamente, es decir, en relación con la, forma en la cual existe, exista, la, publicidad, comercial, digital, en la, cada, el todo de la, relación jurídica en, relación con, la cual exista). Lo cual (solo) existe cuando cada persona (física, es decir, natural, y moral, es decir, jurídica) existe diligentemente jurídicamente (es decir, de la, una, alguna, forma, de la existencia, diligente jurídicamente, es decir, cumpliendo con, lo definido en, el derecho) en relación con la (forma de la, existencia de la) publicidad comercial digital (existente, es decir, involucrada, en la relación jurídica, existente, es decir, involucrada) con base en la forma en la cual le aplique el derecho (a cada una, a cada persona, existente, involucrada, en la, respectiva, cada, el todo de la, relación jurídica en, relación con, la cual exista la publicidad comercial digital). Lo cual (solo) existe cuando cada ser humano existente en relación con (la forma de, la existencia de) cada persona existente en la relación jurídica en la cual existe la publicidad comercial digital existe de una forma diligente jurídicamente (es decir, cumpliendo con el derecho, con base en la forma en la cual existe, exista, su ser, humano, en la relación jurídica, existente, involucrada). Lo cual (solo) existe cuando cada ser humano cumple con el derecho con base en la forma en la cual (el derecho) le aplique (aplica) en (el todo de) la (forma de la, existencia de la) relación jurídica (existente, involucrada). Porque solo es posible que la publicidad comercial digital sea efectiva (es decir, exista de una forma efectiva, es decir, tenga, cree, logre, haga, brinde, genere, obtenga, signifique, otorgue, entregue, de, sea, efectividad) jurídicamente (es decir, cree, signifique, sea, efectividad jurídica) cuando (el todo de, cuando toda, cuando la totalidad de, cuando totalmente, cuando definitivamente) la relación jurídica en la cual existe (la publicidad, comercial, digital) cumple (totalmente, completamente, absolutamente, claramente, efectivamente) con la forma en la cual le aplica el derecho (con base en la forma en la cual existe, exista, su ser, es decir, con base en, el todo de, la forma, de la existencia, de la relación jurídica). Por eso, cuando la relación jurídica en la cual existe la publicidad comercial digital es efectiva jurídicamente la publicidad comercial digital existente (en, relación con, ella) es efectiva jurídicamente.