Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©
Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital
Debemos ser conscientes de que el Derecho (siempre) aplica en cualquier (cualquiera) relación jurídica. Es decir, en cada (en cualquier, en cualquiera) relación, humana (es decir, en cada relación, existente, de una forma directa o indirecta, la cual, en definitiva, la cual, propiamente, siempre, es directa, para que sea una relación, entre seres humanos), en la cual existan derechos y deberes jurídicos (es decir, derechos y deberes definidos en el Derecho).
Por ejemplo, (el Derecho aplica) en las relaciones jurídicas que existen (existan) en relación con la forma de la existencia de una familia. Por eso, (por ejemplo) las normas jurídicas aplican (propiamente, por eso, por ejemplo, el, todo del, Derecho aplica) en cada relación familiar en la cual existen (existan) efectos jurídicos. Es decir, derechos y deberes jurídicos.
Por eso, en cada relación jurídica cada quien (es decir, por eso, en cada relación jurídica cada ser humano existente en ella) debe gozar de todos los derechos jurídicos que tenga y cumplir con todos los deberes jurídicos que tenga. Esa es la forma de cumplir con (lo definido en) el derecho. Propiamente, esa es la forma de gozar (es decir, esa es la forma, de la existencia, para que cada ser humano existente en cada relación jurídica goce) del efecto de la existencia de la efectividad (creada por el resultado de la unión de la eficiencia y de la eficacia) jurídica. En cada relación jurídica. Según cada relación jurídica. A la medida de cada relación jurídica.