Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

Fundador de JURÍDIA – Enseñamos mundialmente la forma de la validez jurídica

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El deber ser jurídico es la forma que define (indica, establece) la condición que debe cumplir el (ser de un; el ser del, respectivo) caso (jurídico; es decir, cada relación jurídica; es decir, cada ambiente en el cual exista una relación en la cual existan deberes y derechos definidos en el deber ser jurídico, es decir, en el derecho) para ser válido (jurídicamente). Es decir, para cumplir (para que cumpla, con) el derecho. Propiamente, para existir de una forma en la cual exista el goce de los derechos (jurídicos) y el cumplimiento de los deberes (jurídicos) en (relación con) su ser (es decir, en, relación con, su forma de existencia; según su ser y a la medida de su ser). Es decir, para que en su ser exista (incluido: se sienta, incluido: se disfrute, de) la calidad de la vida válida (jurídicamente).

 

Por eso, el (respectivo; cada, todo) caso (jurídico) debe ser válido (jurídicamente). Propiamente, debe existir válidamente (jurídicamente; debe existir de la, una, forma válida, jurídicamente). Entonces, cada ser humano existen en el (un, respectivo; en cada) caso (jurídico) debe cumplir el derecho (a la medida de la forma en la cual, el derecho, le aplique a, es decir, aplique, en relación con, su ser a la medida del, respectivo, caso, jurídico; en definitiva: a la medida de la forma en la cual el derecho aplique a la medida del caso, incluido: en relación con la forma en la cual el derecho exista en relación con el respectivo, con cada, ser humano, existente en el, respectivo, en cada, caso, jurídico; propiamente: a la medida de la forma en la cual el derecho exista, incluido: aplique, en el caso).

 

Y por eso, el caso (jurídico) válido (jurídicamente) es el que existe con (de) la forma de la calidad de la vida válida (jurídicamente). A la medida de su ser. Es decir, es en el cual su forma (de existencia) coincide con la forma en la cual existe el deber ser jurídico (es decir, con la forma de la existencia del deber ser jurídico) en relación con (incluido: a la medida de) su ser. Y por eso, es la forma que hace (la forma de) la existencia del deber ser jurídico. A la medida de su ser (es decir, a la medida del ser del, respectivo, caso, jurídico, involucrado; existente).

 

Lo cual no significa que el ser del caso (jurídico) deje de existir y se convierta en (propiamente: y sea; propiamente: lo cual no significa que el ser del caso, jurídico, propiamente: no significa que el caso, no exista y, que, solo, exista) el deber ser jurídico. Significa que el ser coincide con su deber ser jurídico. Coincidencia que existe cuando el caso existe de una forma que cumpla (con) el derecho (a la medida del caso, jurídico; es decir, a la medida de su ser; es decir, a la medida de la forma en la cual el derecho existe a la medida del ser del caso). La libertad, jurídica, (existente) en relación con la forma de la (existencia de la; esa) coincidencia depende (de la forma de la existencia) del (respectivo; de cada) caso (jurídico).

 

Y, como la capacidad humana diligente (jurídicamente) es la forma de cumplir el derecho cuando existe esa capacidad existe la calidad de la vida válida (jurídicamente). Por eso, cuando (si) cada (todo) ser humano existente en el (un, cada) caso (jurídico) es diligente (jurídicamente) existe la calidad de la vida válida (jurídicamente). Esa es la forma de hacer posible y, propiamente, (de) crear la (forma de la, existencia de la; propiamente: esa es la forma de la existencia de la) calidad de la vida válida (jurídicamente).