Por: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ([email protected])
Fundador de JURÍDIA – Entrenamiento Jurídico para Abogados y Equipos de Abogados mediante conversaciones sobre temas jurídicos universales en relación con la Inteligencia Artificial (IA) [email protected]
Lo jurídico es lo armónico con lo definido en el derecho. Lo antijurídico es lo que no cumple con lo definido en el derecho cuando debe (deba) cumplir con (lo definido) el derecho por (el hecho de) existir (por estar existiendo) dentro de la (de una, en una) relación jurídica (es decir, en la, una, cualquier, cualquiera, relación entre seres humanos en la cual existen, existan, derechos y deberes jurídicos, es decir, derechos y deberes definidos en el derecho).
Por eso, en relación con la (una) venta comercial (mercantil) no se trata de intentar crear (imponer, exigir) un deber antijurídico. Por eso, no se trata de intentar tener un derecho antijurídico (es decir, no se trata de pretender tener un derecho, antijurídico, con base en que alguien tenga un deber, antijurídico, relacionado con él, con ese derecho, antijurídico, para que ese derecho, antijurídico, exista, se goce, se disfrute, es decir, para que exista el goce del efecto de lo antijurídico). No se trata de la existencia de una carga antijurídica. No se trata de la existencia de un ambiente antijurídico. No se trata de la existencia de una situación antijurídica. No se trata del incumplimiento de lo definido en el derecho. No se trata del desconocimiento del derecho.
Se trata del goce del derecho jurídico. Del goce del derecho propio y ajeno. Se trata del cumplimiento del deber jurídico. Del deber propio y ajeno. A la medida de la forma en la cual exista cada relación jurídica. Se trata de la atención de los derechos y deberes jurídicos (propios y ajenos). Se trata del goce total de los derechos jurídicos y del cumplimiento total de los deberes jurídicos. Se trata del cumplimiento del derecho. Se trata del cumplimiento jurídico (incluido, total; solo cuando se cumple con todo lo definido en el derecho se cumple con el derecho).
Por eso, no se trata de la autorregulación antijurídica en relación con la venta comercial (mercantil). No se trata del incumplimiento del derecho. Por eso, lo contrario a lo definido en el derecho cuando se debe (deba) cumplir (con, lo definido en) el derecho (el incumplimiento del derecho) se trata jurídicamente como algo antijurídico (es decir, jurídicamente, lo antijurídico, afecta el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos en lo relacionado con ello y crea deberes, jurídicos, para quien hace lo antijurídico, lo cual, a su vez, crea, el derecho, jurídico, en favor de cada quien a quien se le presentó, presente, algo antijurídico, es decir, en contra de quien existió, existe, lo antijurídico, de que todo lo antijurídico se resuelva, atienda, en su favor y, propiamente, de una forma en la cual exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos que apliquen, procedan, existan, en relación con ello).
Se trata del cumplimiento del derecho. A la medida de cada relación jurídica existente con base en el todo de la forma de la existencia de la (una, cada, del todo de la) venta comercial (mercantil), existente (involucrada). Se trata de la autorregulación jurídica (es decir, de la autorregulación válida jurídicamente, es decir, de que cada quien actúe de una forma efectiva jurídicamente en cada relación jurídica en la cual, se, exista, es decir, de que en cada relación jurídica exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos que le apliquen, es decir, de que en cada relación jurídica cada quien actúe de una forma en la cual goce de sus derechos y cumpla con sus deberes jurídicos, es decir, de que en cada relación jurídica se cumpla con el derecho con base en que cada quien exista de una forma libre, es decir, efectiva, es decir, realizándose, jurídicamente).
Se trata de la validez jurídica. De lo válido jurídicamente. De la relación jurídica válida (efectiva) jurídicamente. Del ambiente válido (diligente, efectivo, deseado, exigido, necesitado, claro, armónico, bueno, libre, liberador, evolucionador, óptimo, simple) jurídicamente. Se trata de la (una, alguna, forma de la, existencia de la) efectividad jurídica. En relación con la (forma de, la existencia de la, cada, toda, cualquier, cualquiera, el todo de la) venta comercial (mercantil, empresarial). Se trata de la venta comercial (mercantil, empresarial) válida jurídicamente.