Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

Fundador de JURÍDIA – Enseñamos mundialmente a vender con validez (efectividad) jurídica

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Nuestros clientes tienen razón en cuanto a tener necesidades. En cuanto a merecer una experiencia efectiva jurídicamente. En general, (tienen razón) en (todo) lo relacionado con su condición (jurídica) de clientes.

 

Pero (por lo anterior, porque tienen es razón en lo relacionado con su condición, jurídica, de clientes) no siempre tienen (la razón) en cuanto a (es decir, no siempre, tienen, la, razón, en relación con) la forma (de la existencia) de la venta comercial (mercantil) efectiva jurídicamente.

 

Por eso, en JURÍDIA les enseñamos la forma de vender productos comerciales (mercantiles) con efectividad jurídica. Es decir, les enseñamos la forma de vender productos comerciales (mercantiles) de la forma en la cual exista el goce de (todos) los derechos y el cumplimiento de (todos) los deberes jurídicos en relación con ello.

 

No enseñamos normas jurídicas (específicas) nacionales. No enseñamos normas jurídicas (específicas) extranjeras. No enseñamos normas jurídicas (específicas) internacionales. No enseñamos una forma específica de (para) vender productos comerciales (mercantiles).

 

Enseñamos el fundamento (jurídico; la idea, estructural; la teoría; la filosofía; propiamente enseñamos el conocimiento) para que en (relación con) cada venta comercial (mercantil) exista efectividad jurídica si se aplica nuestro conocimiento a la medida de la forma en la cual exista la (respectiva, cada) venta (comercial, mercantil, empresarial). Lo cual (a su vez) hace que se conozca la forma de atender a las normas jurídicas (nacionales, extranjeras e internacionales) que específicamente apliquen en (relación con) cada venta comercial (mercantil). Pero es un conocimiento que va más allá de ello. Porque explica la forma de atender el (al) todo del derecho. No (solo) a una parte del derecho.

 

Por eso es que enseñamos a crear efectividad jurídica. Por eso, cuando se conoce nuestro conocimiento se conoce la forma de crear (y de disfrutar de la., existencia de la) efectividad jurídica (de hecho, cuando se disfruta, de, la efectividad jurídica, a la vez, es decir, aparte de ello, de dicho disfrute, se va creando efectividad jurídica, porque solo es posible que exista efectividad jurídica si se disfruta de ella, es decir, porque solo es posible que exista efectividad jurídica si existe, efectividad jurídica, es decir, cuando existe, la, una, alguna, forma de la, existencia de la, efectividad jurídica, es decir, si, cuando, existe, la, una, alguna, forma de la, existencia de la, libertad, jurídica, incluido: cuando existe alguna forma, de la existencia, existente con base en el efecto de la existencia de la efectividad jurídica, es decir, cuando, si, existe el efecto de la efectividad jurídica, es decir, cuando, si, existe libertad jurídica, la cual existe cuando existe el goce de, todos, los derechos y el cumplimiento de, todos, los deberes jurídicos a la medida de cada relación jurídica, es decir, de cada relación entre seres humanos en la cual existan derechos y deberes jurídicos, es decir, derechos y deberes definidos en el derecho).

 

Por eso, cuando se conoce nuestro conocimiento se conoce la forma de crear efectividad jurídica. Y esa efectividad jurídica no depende de la existencia de normas jurídicas nacionales, extranjeras e internacionales que indiquen cómo crear efectividad jurídica. Depende de conocer el fundamento de la forma de la existencia del derecho (es decir, de conocer el fundamento jurídico, el cual es mundial, global, universal, porque el derecho solo es uno y solo se, le, lo, conoce cuando, si, se conoce, a, su forma de la existencia, si hubiesen varios seres conocidos como Derecho no existiría el derecho, por eso, el goce, del efecto, del cumplimiento, de lo definido en el derecho, cuando se cumple con lo definido en el fundamento jurídico, es algo bueno en cualquier contexto). Por eso, se trata de conocer la forma de hacer que cada quien exista con libertad jurídica en cada relación jurídica. Y por eso, nuestro conocimiento aclara la forma de la existencia de la efectividad jurídica y, propiamente, (la forma, de la existencia) de la libertad (jurídica).

 

Por eso, creamos una teoría. Propiamente, por eso, creamos (un) conocimiento. El conocimiento. Sobre la forma de la existencia de la efectividad jurídica. Propiamente, por eso creamos la forma de la existencia de la efectividad jurídica. Por eso, enseñamos nuestro conocimiento. Para que exista efectividad jurídica. Es decir, para que exista el (un) mundo efectivo jurídicamente. Propiamente, para que exista (para la existencia de) un mundo bueno jurídicamente. Un mundo libre (jurídicamente). Propiamente, para que exista libertad (jurídica). Y por eso, nuestro conocimiento no es especulativo. Se basa en lo definido en el derecho (el cual se basa en la forma de la existencia de la existencia, por eso, por ejemplo, se basa en las leyes de la naturaleza, y busca que la vida y, propiamente, que la existencia, relacionada con la existencia humana, exista de una forma pacífica, buena, coexistente, suave, liberadora, evolucionadora, viable, armónica, óptima, jurídicamente, gracias a que, es decir, con base en, el hecho de, que los seres humanos gocen de, todos, sus derechos y cumplan con, todos, sus deberes jurídicos a la medida de cada relación jurídica, por eso, ese es el deber ser jurídico, y no es algo impreciso, confuso, etc., sino la única forma de vivir, propiamente: de existir, bien, en general: de la existencia buena, para todos, los seres humanos y no humanos, en general: para que, todos, los sujetos y objetos, existentes en relación con el ser humano, jurídicamente; por eso, es que, se debe cumplir, con, lo definido en, el derecho; por eso, el derecho es una virtud, es algo bueno, es lo bueno, es bondad, es ética, efectiva, porque lo efectivo, solo, existe cuando es una solución que hace que exista libertad, es decir, coexistencia, buena, no problemas que complican algo, por eso, lo efectivo es lo bueno porque es lo que hace que exista la libertad, la solución que hace que exista el bien, incluido: total, incluido: para todos).

 

Por eso, en nuestro conocimiento creamos el concepto de Efectividad Jurídica (aclarando el concepto de Validez Jurídica, definido en el derecho, y concluyendo que lo determinante es que exista el efecto del cumplimiento del derecho, es decir: Efectividad Jurídica). Por eso, nuestro conocimiento se basa en la forma de la existencia del derecho. Y presenta una forma clara sobre la forma de la existencia de la efectividad jurídica. Y, propiamente, por eso, nuestro conocimiento aclara la forma de la existencia de la calidad de la vida efectiva jurídicamente.

 

Por eso, por ejemplo, en este tema (es decir, en relación con la venta comercial, mercantil) se trata de vender productos (comerciales, mercantiles, empresariales) cuya oferta, comercial, mercantil, (es decir cuya forma de adquisición, cuya forma de, para, adquirirlos) pueda ser conocida de una forma efectiva jurídicamente por parte de cada consumidor que la pueda conocer de una forma válida jurídicamente (es decir, por parte de cada consumidor que válidamente jurídicamente pueda conocer la oferta, comercial, mercantil, con base en la forma en la cual exista la, respectiva, cada, relación jurídica entre la empresa, comercial, mercantil, oferente y cada persona, física, es decir, natural, o moral, es decir, juridica, que, jurídicamente, tenga el perfil, jurídico, la forma, la condición, jurídica, de consumidor, es decir, que, jurídicamente, sea, un, consumidor, ante dicha empresa y, que, jurídicamente, pueda conocer, a, dicha oferta, comercial, mercantil) y que se trate de (la oferta, comercial, mercantil, de) un producto (comercial, mercantil, empresarial) que sea de (incluido: que tenga) una calidad efectiva jurídicamente (con base en la forma en la cual exista el, respectivo, dicho, producto, comercial, mercantil, en cada relación jurídica que exista entre la, respectiva, empresa mercantil, comercial, ofertente y el, un, cada, consumidor en, relación con, la cual exista el, dicho, producto, comercial, mercantil; por eso, la calidad efectiva jurídicamente y, propiamente, por eso, la forma de la, existencia de la, efectividad jurídica, propiamente: la efectividad jurídica, se define a la medida de, la forma de, la existencia de, cada relación jurídica).

 

Por eso, cuando se comprende que se trata de la efectividad jurídica (de hacer, incluido: de disfrutar de la, efectividad jurídica) no se depende de la existencia de normas jurídicas (nacionales, extranjeras e internacionales) específicas sino de que en cada relación jurídica exista libertad (jurídica). Por eso, en este tema se trata de que cada venta comercial (mercantil) sea efectiva jurídicamente. Es decir, de que cada venta comercial (mercantil) coincida con lo definido en el fundamento jurídico. A la medida de la forma en la cual exista cada venta comercial (mercantil). Porque cuando ello se logra (cumple) tanto la empresa comercial (mercantil) como el consumidor existen de una forma efectiva (libre, buena) jurídicamente en relación con ello (es decir, en relación con la, respectiva, cada, dicha, toda, el todo de la, venta comercial, mercantil, empresarial). Por eso, se trata (es de) descifrar y atender jurídicamente (es decir, de descifrar y atender a la forma en la cual el fundamento jurídico le aplica) a cada venta comercial (mercantil). Es decir, de descifrar y atender a la forma de la existencia del derecho en relación con cada venta comercial (mercantil).

 

Por eso, cuando nuestros clientes reciben (obtienen) nuestro conocimiento deben usarlo para mejorar (la forma de, la existencia de) las ventas (comerciales, mercantiles). No para considerar que en lo relacionado con ellos (con la forma en la cual exista cada uno de nuestros clientes, los cuales pueden ser organizaciones del sector privado o públicos que hagan o controlen ventas comerciales, mercantiles) las ventas (comerciales, mercantiles) existen bien sin necesidad de lograr que dichas ventas existan de una forma armónica con dicho conocimiento obtenido (brindado, logrado, creado, transmitido, aclarado, generado, compartido, recibido, conocido, enseñado).

 

Por eso, (por ejemplo) cuando se trata de clientes que sean empresas comerciales (mercantiles) deben usarlo (deben usar, aplicar, ese conocimiento) para mejorar (la forma de, la existencia de) sus ventas (comerciales, mercantiles, empresariales). En general, (dicho conocimiento) siempre se debe emplear para mejorar la forma de la existencia de las ventas comerciales (mercantiles) y, propiamente, para (hacer, lograr) que (en lo relacionado con la forma en la cual exista cada uno de nuestros clientes en relación con la forma en la cual exista cada venta comercial, mercantil, en, relación con, la cual existen, existan) las ventas comerciales (mercantiles) existan de una forma efectiva jurídicamente.

 

Se trata de que en (relación con) la (cada) venta comercial (mercantil) exista (la, una, alguna, forma de la, existencia de la) calidad de la vida efectiva (buena, óptima) jurídicamente.