Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©
Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital
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La Relación Jurídica Cumple con (lo definido en) el Derecho, es decir, es Efectiva Jurídicamente, cuando existe el Goce de los Derechos y Cumplimiento de los Deberes Jurídicos en relación con ella (en relación con su forma, de la existencia; en relación con la forma en la cual existe, exista, la relación jurídica), es decir, cuando existe (la, una, alguna, forma de la, existencia de la) Calidad de la Vida Válida Jurídicamente en relación con ella, es decir, cuando existe (la, una, alguna, forma de la, existencia de la) Realización Jurídica (Jurídicamente) en relación con ella, es decir, cuando existe la (una, alguna, forma de la, existencia de la) Libertad Jurídica (Jurídicamente) en relación con ella, es decir, cuando existe la (una, alguna, forma de la, existencia de la) Paz (Jurídica, Jurídicamente), es decir, cuando existe la (una, alguna, forma de la, existencia de la) Autorregulación Válida (Diligente, Efectiva) Jurídicamente en relación con ella (gracias a la existencia del Ser Humano Autorregulado Válidamente Jurídicamente en relación con ella, es decir, gracias a la existencia del Ser Humano Diligente Jurídicamente en relación con ella, es decir, gracias al Ser Humano Existente Efectivamente Jurídicamente en relación con ella, es decir, gracias al Ser Humano Existiendo Efectivamente Jurídicamente en relación con ella, es decir, gracias a que el, todo, de la forma, de la existencia, del, Ser Humano Existe de una Forma Efectiva Jurídicamente en relación con ella, es decir, gracias a que el Ser Humano Existe de la, una, alguna, forma, de la existencia, Efectiva Jurídicamente en relación con ella, es decir, gracias a la, una, alguna, forma, de la existencia, del Ser Humano Efectivo Jurídicamente en relación con ella, es decir, gracias a que El Ser Humano Cumple con El Derecho en relación con ella); la siguiente imagen lo ilustra: