Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©
Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital
El concepto publicitario es la idea que fundamenta (a) la forma de la existencia de una publicidad. Por eso, jurídicamente, debe ser un concepto válido jurídicamente. Debe ser un concepto armónico con (lo definido en) el derecho. Debe cumplir (con) el derecho. Debe tratarse de un concepto efectivo jurídicamente. Debe ser un concepto efectivo jurídicamente. Debe ser un concepto en relación con el cual existe (exista) el goce de (todos) los derechos y el cumplimiento de (todos) los deberes jurídicos. Existentes en relación con él. A la medida de cada caso jurídico (es decir, de cada relación jurídica, es decir, de cada ambiente sujeto al derecho) en relación con el cual existe (exista).
Propiamente, la (cada, toda, el todo de la) publicidad debe cumplir con el derecho. A la medida de la forma de la existencia de cada caso jurídico en el cual exista. Lo cual incluye el que el concepto que la fundamente debe ser válido jurídicamente. Es decir, lo cual incluye el (al) hecho de la existencia de un concepto publicitario efectivo jurídicamente. Es decir, de un concepto que cumple (cumpla) con el derecho. Por eso, se debe ser diligente jurídicamente en relación con la definición y, propiamente, (en relación con) la forma de la existencia (total, es decir, del todo) de la publicidad. Para que (siempre, que exista en un caso jurídico) exista cumpliendo (con) el derecho. Es decir, para que exista efectivamente jurídicamente. Es decir, para que exista (la, una, alguna, forma de la, existencia de la) efectividad jurídica en relación con ella.
De hecho, por eso, la razón de ser JURÍDIA es que se conozca a la forma del cumplimiento del derecho (es decir, a la forma de cumplir con el derecho, a la forma en la cual se cumple con el derecho) en relación con la publicidad comercial digital por medio de los contenidos, de los cursos, de las conferencias y de los productos investigativos que ofrecemos. Para que ese conocimiento se atienda (cumpla, aplique) en relación con la (cada, toda, el todo de la) publicidad comercial digital existente (que exista, que exista, que vaya a existir, que esté existiendo) en el (en un, en cada, en el todo del) caso jurídico. Ese es el concepto que nos fundamenta. Incluido, ese es el concepto de nuestra publicidad (ese es nuestro concepto publicitario, ese es el concepto publicitario de JURÍDIA).