Por: Camilo Alfonso Escobar Mora

Fundador de JURÍDIA

Escuela Jurídica sobre Inteligencia Artificial

No. Porque el derecho es algo más grande que la (incluido, que una) ley. Y, de hecho, no toda ley hace parte del derecho. Solo lo es la ley válida jurídicamente. La ley jurídica. La ley armónica con (lo definido) en el derecho. Es decir, la ley que existe de una forma armónica con (lo definido en) el (todo del) derecho. Incluido, la ley que se crea de una forma armónica con el derecho. Incluido, la ley cuyo contenido es armónico con el derecho. Incluido, la ley cuyo efecto es armónico con el derecho.

Por eso, se trata de la validez jurídica. De cumplir con el (todo del) derecho. De que exista una (alguna) forma (de la existencia) del goce de los derechos y (por ende) cumplimiento de los deberes jurídicos. De que se aplique (a) lo definido en el (todo del) derecho (en relación con el cumplimiento del derecho, es decir, en relación con lo que hace que exista el goce de los derechos, y, por ende, el cumplimiento de los deberes jurídicos, es decir, de los derechos y deberes definidos en el derecho -no la parte del derecho que aplica cuando se incumple con el derecho, que de hecho es una parte que aplica cuando no existe el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes jurídicos-).

Por eso, el derecho es (el todo de) la norma jurídica. Creado por el resultado de la unión de las normas jurídicas existentes (que van -estén- existiendo; que existen, existan). Y por eso, una norma jurídica es la (cualquier -cualquiera-) norma armónica con el derecho. Por eso, se trata de la atención de cada norma jurídica. De la aplicación de lo definido en cada norma jurídica. En relación con las normas jurídicas del (vinculadas -relacionadas- con el) cumplimiento del derecho. Por eso, se trata del cumplimiento del derecho. De la validez jurídica. Del goce de los derechos (y -por ende- cumplimiento de los deberes jurídicos). Del bien.

De que la idea definida en el deber ser jurídico (en lo relacionado con el cumplimiento del derecho) se aplique en cada ambiente y, propiamente, en el (todo del) ambiente relacionado con (lo definido en) el -todo del- derecho. Al ser la forma (de la existencia) del bien. La forma en (relación con) la cual existe el bien. La forma en la cual el ser sujeto al (relacionado con lo) definido en el derecho coincide con él (con el derecho). En relación con lo definido en él (en el derecho) para su cumplimiento (para cumplir con -lo definido en- él, para que exista, para lograr, el bien -incluido, para disfrutar del bien y, propiamente, para que el mundo relacionado con el ser humano, con la humanidad, exista bien, con base en el bien; para que el mundo sea -exista de una forma, cada vez- mejor -cada vez que se cumple, cumpla con el, que se va, vaya, que se esté, cumpliendo, cada vez que existe, exista, el, una forma, de la existencia, del cumplimiento del derecho, en lo relacionado con la forma en la cual se gozan los derechos, jurídicos, es decir, en relación con la forma en la cual existe el goce de los derechos, jurídicos).

Por eso, se trata de que cada quien cumpla con el derecho. En cada ambiente y, propiamente, en el (todo del) ambiente relacionado con él (creado por el resultado de la unión de cada ambiente relacionado con -lo definido en- el -todo del- derecho). Al ser la (única) forma en (relación con) la cual existe el goce de los derechos (y, por ende, el, cumplimiento de los deberes jurídicos). Es decir, (la -una, alguna, forma de la, existencia de la- validez jurídica). Es decir, el (la -una, cualquier, cualquiera, cada, toda, alguna, el todo de la- forma -de la existencia- del) cumplimiento del derecho. Es decir, el bien (lo bueno, el bienestar, la calidad -la forma- de la vida válida jurídicamente, la vida buena, la existencia buena).

Propiamente, se trata de que cada quien goce de sus derechos y cumpla con sus deberes jurídicos en cada relación jurídica. Es decir, en cada ambiente en relación con el cual existan (apliquen, procedan) derechos y deberes jurídicos. A la medida de la forma en la cual existe (exista) cada (la) relación jurídica. Se trata de que exista (el todo de) la relación jurídica válida jurídicamente. Es decir, la relación jurídica en (relación con) la cual se gozan (existe el goce de) los derechos, jurídicos.

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