Por: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora
Fundador de JURÍDIA – Formación Jurídica para Abogados y Equipos de Abogados sobre Los Principios Generales del Derecho en Relación con la Inteligencia Artificial (IA)
Derecho preventivo significa cumplir el derecho. Es el cumplimiento del derecho. Por eso, significa hacer validez jurídica.
Es ser diligente (jurídicamente). Al ser la forma de cumplir el derecho. Por eso, cuando se es diligente (jurídicamente) se cumple el derecho.
Entonces, ser diligente significa hacer validez jurídica. Al ser la forma de atender el (al) derecho.
Lo cual solo existe cuando se cumple el derecho. Y solo se cumple el derecho cuando se atiende el (al) todo de su ser (propiamente: cuando se atiende su ser) a la medida de cada caso.
Por eso, la validez jurídica (solo) existe cuando se cumple el todo del derecho en el caso. Propiamente, cuando se cumple el derecho en el caso.
Por ejemplo, la publicidad digital comercial es válida (jurídicamente) cuando el todo de su ser cumple el todo del derecho a la medida de cada caso en el cual exista.
Y es por eso que el caso (entendido como la relación jurídica existente en el tiempo y el espacio necesario para que exista el goce de todos los derechos y el cumplimiento de todos los deberes involucrados en la relación; al ser la relación jurídica cualquier forma de relación que cree efectos jurídicos, es decir, deberes y derechos definidos en el derecho) solo es válido (válida) jurídicamente cuando su ser atiende (a) la filosofía del derecho, la teoría del derecho y las normas específicas de cada Estado de Derecho involucrado.
Al ser el (todo del) derecho el resultado de la unión de esos seres (filosofía y teoría del derecho y normas específicas de cada Estado de Derecho involucrado). A la medida de cada caso.
Y cuando cada (todo) caso es válido (jurídicamente) existe eficacia (incluido: absoluta, completa, total) del derecho. Esa es la calidad de la vida del (definida en el, esperada por el, lograda cuando se cumple el, existente cuando existe la eficacia del) derecho. Por eso, es la calidad de vida válida jurídicamente. Al ser el deber ser jurídico. Y por eso es que el derecho se debe cumplir y es un deber (jurídico) cumplirlo (no es una opción). Por fortuna, la diligencia (jurídica) es la forma de lograrlo. Y de disfrutar el efecto de cumplir el derecho. Propiamente, el efecto del cumplimiento del derecho.
Esa es la virtud del derecho, de la validez jurídica, de la diligencia jurídica, del derecho preventivo y de la teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital creada por el autor de este escrito para que la publicidad digital comercial (la publicidad digital de la empresa mercantil, comercial) y, en general, cualquier (cada, toda) relación jurídica pueda ser y sea válida jurídicamente si (cuando) se aplica este fundamento a la medida de cada caso.
Y, propiamente, por eso es que el derecho es la forma de la virtud humana (y es la forma creada por la virtud humana) para que exista (la) convivencia (es decir, la, una, forma de convivir) válida jurídicamente (incluido: armónica, incluido: viable, incluido: sostenible) en el ambiente sujeto al derecho. Es decir, en el todo del ambiente en el que existan efectos jurídicos (es decir, en el todo, del ambiente, creado por el resultado de la unión del ambiente de cada relación jurídica).
Convivencia válida (jurídicamente) que involucra el (al) todo de la convivencia entre seres humanos y/o no humanos en la que existan efectos jurídicos, al ser la convivencia sujeta al derecho (convivencia válida jurídicamente que incluye el que, todas, las relaciones jurídicas, tanto extracontractuales como contractuales, vinculadas tanto con seres, incluido: humanos y/o no humanos, vivos como con seres, incluido: humanos y/o no humanos, no vivos, según cada caso, sean válidas, jurídicamente, porque, la convivencia válida jurídicamente, solo es posible cuando existe validez, jurídica; solo es posible la convivencia válida, jurídicamente, cuando todo es válido jurídicamente). Precisándose que los seres humanos son los titulares de los derechos y los deberes definidos en el derecho. Es decir, son quienes tienen derechos y deberes, jurídicos, a la medida de cada caso. Solo que el ejercicio diligente (jurídicamente) de sus derechos y deberes, a la medida de cada caso, beneficia a los seres no humanos y humanos.
Es decir, el goce diligente (jurídicamente) de los derechos y el cumplimiento diligente (jurídicamente) de los deberes de los seres humanos (por parte de los seres humanos, por medios humanos y/o no humanos, analógicos y/o digitales, según el caso; a la medida de la diligencia jurídica que le aplique, proceda, a cada ser humano en cada caso en el cual exista, incluido: en el cual exista válidamente, jurídicamente) hace que exista (el todo de) la calidad de la vida válida jurídicamente. Y por eso es que el derecho es la forma de la convivencia en la que cada participante en cada relación jurídica goza sus derechos y cumple sus deberes. Lo cual hace que cada relación jurídica sea eficaz (jurídicamente). Ya que existe siendo de la forma de su deber ser (ideal) jurídico.
Es decir, haciendo que su forma (de existencia) sea efectiva porque crea los efectos jurídicos y, en general, la experiencia (propiamente: porque es el ambiente) de calidad de vida definida en el derecho como la forma válida para que la relación exista atendiendo (a) su naturaleza de una forma eficiente y eficaz (la efectividad es el resultado de la unión de la eficiencia y la eficacia). Y por eso es que cuando la relación jurídica es válida (jurídicamente) solo existen deberes y derechos (jurídicos) relacionados con su cumplimiento (no con su incumplimiento). Y por eso es que en la relación jurídica válida (jurídicamente) se gozan los derechos y se cumplen los deberes (jurídicos). Al ser la relación en la cual existe (la) eficacia (el cumplimiento) del derecho. Y, propiamente, al ser el ambiente en el cual existe el disfrute de (es decir, en el cual se sienten los efectos, bondadosos, benéficos, positivos, de la existencia de) los efectos de la existencia del deber ser jurídico en el ser de ese ambiente (es decir, en el ser del caso; propiamente: en el caso, al ser el, un, caso que coincide, incluido: que es armónico, con el, su, deber ser jurídico, es decir, con el derecho). Por eso la convivencia con calidad de vida válida jurídicamente (es la convivencia válida jurídicamente).
Por eso, en definitiva, el derecho es la forma para que cada ser humano disfrute (incluido: válidamente, jurídicamente) su libertad. Lo cual solo existe cuando cada ser humano existe de una forma diligente (jurídicamente) a la medida de cada caso. Y por eso (el) derecho preventivo significa hacer (la existencia de, la) validez jurídica a la medida de la diligencia jurídica que le aplique a (que exista en) cada ser humano existente válidamente (jurídicamente) en cada caso (a la medida de, la forma de la existencia de, cada caso).