By: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora

Founder of JURIDAI – In-house Legal Training on General Principles of Law Regarding Artificial Intelligence (AI)

En nuestra teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital (la) publicidad válida (jurídicamente) significa la que coincide con su deber ser jurídico.

Es decir: es cuando (el ser de) la publicidad (el ser denominado publicidad —el ser que cumple las condiciones del ser denominado, definido como, publicidad—) coincide con el derecho. Propiamente: es cuando la publicidad coincide (cuando su ser coincide) con la forma en la que le aplica (procede) el derecho (a la medida de su ser —con base en su ser. Con base en el ser que existe en el ser denominado publicidad—. En el caso, según el caso y a la medida del caso).

Entonces: la publicidad válida (jurídicamente) es en la que existe el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes que le aplican (proceden) a su ser (en el caso, según el caso y a la medida del caso). Por eso (la publicidad válida —jurídicamente—): existe cuando (si) existe ese goce de derechos y cumplimiento de deberes (en el caso, según el caso y a la medida del caso).

Lo que hace que esa (la publicidad —de la empresa mercantil. Comercial. Al ser a la que se refiere la teoría— definida como una) forma de comunicación que influye o trata de influir en las decisiones de consumo del consumidor (solo) es válida (jurídicamente) si (cuando) hace (propiamente: crea) esa eficacia jurídica (eficacia del derecho) en relación a su ser (al ser denominado publicidad —al ser de la publicidad. A la publicidad—).

Haciendo que la empresa (mercantil —comercial—) debe ser diligente (jurídicamente) al ser la forma de hacer (incluido: de prever —incluido: conocer, incluido: detectar la forma de aplicación del derecho— y lograr —incluido: atender, incluido: autorregular la publicidad para que cumpla, la forma de aplicación del derecho— para —haciendo—) que su publicidad coincida con su deber ser jurídico (con base en la coincidencia —que sea— posible con la diligencia —jurídica— que le aplica —aplique— a su perfil jurídico de empresa mercantil —denominada: diligencia mercantil— en el caso, según el caso y a la medida del caso) para que (de esa forma) exista eficacia jurídica (para que la publicidad sea de la forma en la que le aplica al derecho —a su ser. A su ser publicitario. A su ser que es el ser de la publicidad. Según su ser y a la medida de su ser—. Propiamente: para hacer que la publicidad sea la forma del derecho —en el caso, según el caso y a la medida del caso— en relación a —en lo relacionado, válidamente, jurídicamente, con— su ser. Es decir: para hacer que la publicidad sea la forma del derecho en relación a —en lo relacionado con la naturaleza jurídica, incluido: con el objeto y el alcance, jurídico, de— la publicidad).

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