Por: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora
Fundador de JURÍDIA – Academia de Filosofía del Derecho para abogados
Perfeccionamos Abogados/Equipos de Abogados
El siguiente importante vídeo aclara elementos en relación con el derecho, su vigencia y la forma en la cual la inteligencia artificial (IA) se puede vincular y, propiamente, vincula con ello.
Es determinante tener en cuenta que el derecho se basa en su cumplimiento. Necesita que se ejerzan los derechos y deberes definidos en (relación con) él. Porque (el derecho) es la forma que define lo bueno. La forma del bien. Lo que se debe hacer para que exista el bien.
Por ello, (el derecho) define los derechos y deberes. Es decir, las condiciones (que se deben aplicar/cumplir) para que exista el bien. Las características del bien. Lo que debe aplicarse para lograr el (y, por ende disfrutar -de- la existencia del) bien.
Por eso, la validez jurídica es la forma de la coincidencia del ser (sujeto al derecho -relacionado con, lo definido en, el, todo del, derecho) y el (su -respectivo-) deber ser jurídico. Por ende, el ser válido jurídicamente es el que existe con base en el ejercicio de los derechos y deberes.
Es decir, (el ser válido) -es- el que existe gracias al goce de los derechos y cumplimiento de los deberes (es decir, gracias a que existe el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes -gracias a la existencia del ejercicio de los derechos y deberes-) en relación con él.
Por lo tanto, es el que permite/hace (es -el ser- en relación con el cual se permite/hace/logra) que pueda existir y, propiamente, exista el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes en relación con él. A la medida de la forma en la cual existe/exista -con base en la forma en la cual exista la (respectiva) relación jurídica vinculada con él (es decir, la relación jurídicaa en, relación con, la cual existe/exista)-.
Por eso, es el (ser) que existe con base en el cumplimiento del derecho. Cumpliendo con (lo definido en) el -todo del- derecho. Gracias a que los seres humanos existentes en relación con él cumplen con el derecho -a la medida de la forma en la cual lo definido en el (todo del) derecho -es decir, el deber ser jurídico-, le, aplica/aplique a cada quien a la medida de la forma en la cual cada quien exista en la, respectiva, relación jurídica, a la medida de la forma de la (respectiva) relación jurídica.
Entonces, la validez jurídica existe cuando se aplica el derecho. El todo del derecho. El (todo del) fundamento del derecho -fundamento jurídico-). Es decir, cuando se cumplen las condiciones del derecho (las condiciones definidas en el -todo del- derecho) para la existencia del -para que exista el- ejercicio de los derechos y deberes.
Lo cual incluye (a) las normas vigentes. Es decir, a cada una de las normas (existentes -que van existiendo, que han existido, que existieron, que existen/existan-). Porque la/una norma -solo- es lo armónico con el derecho. Es decir, (solo) es cualquier/cualquiera parte del derecho -es decir, cualquier/cualquier condición (cualquier forma, de la existencia, de la condición; cualquier/cualquiera forma que defina, a, una condición/forma) de/para la existencia de un derecho y/o deber -cualquier/cualquiera parte de la forma (de la existencia) de un derecho o deber; cualquier/cualquiera forma (de la existencia) de los derechos y/o deberes-.
Otra cosa es que algo trate de ser una norma, pero no lo sea. Sea algo antijurídico (contrario al derecho -opuesto a lo definido en el derecho; algo que ,de aplicarse, no permite/permita/hace/haga/logra/logra/genere que exista el ejercicio de los derechos y deberes-). Incluido el que otra cosa es que (en relación con) algo que no es/sea una norma -se- trate de que sea parte del derecho (es decir, una norma -por ende, vigente-).
Entonces, se trata de cumplir con el derecho. De cumplir con la norma. De aplicar (a) la norma. Creada por el resultado de las normas (existentes). Al ser (-esa, así, ello-) la -única- forma (de la existencia) del ejercicio de los derechos y deberes -por eso, las normas (siempre) están vigentes; (siempre) son necesarias, son algo necesario; al ser lo que define cómo existen los derechos y deberes; al ser lo que se debe aplicar/cumplir para que exista el ejercicio de los derechos y deberes, es decir, el bien; por ello, no existen normas no vigentes o insuficientes en relación con la inteligencia artificial, el derecho existe y, por ende, se debe cumplir en relación con la inteligencia artificial, por eso, la inteligencia artificial debe existir de una forma válida jurídicamente, debe ser una forma válida jurídicamente, debe ser válida jurídicamente-.
Si, en -relación con- la (una, alguna) relación jurídica la (lo conocido/denominado como) inteligencia artificial logra cumplir con una parte o, incluso, el todo del derecho (es decir, con una norma -o con una parte de una norma- o con el todo de la norma, del derecho; es decir, con la norma -creada por el resultado de la unión de las normas-) ello será -lo (algo)- diligente.
Será una forma (de la existencia) del cumplimiento del derecho -en lo relacionado con ello (a la medida de cada relación jurídica vinculada/relacionada/conectada con ello)-.
Para ello, es determinante que se conozca y aplique lo definido en el derecho. Porque, como se ha indicado/aclarado, no se trata de aplicar cosas que no sean normas. Y, de hecho, no (ni) se trata de intentar cumplir con las normas y no lograrlo (sin hacerlo/obtenerlo) -es decir, y que no se logre (cumplirla; y, que no se logre cumplir con la norma)-. Se trata de cumplir con las normas y, propiamente, (con) la norma -es decir, con el derecho (es decir, de hacer que lo definido en el deber ser jurídico exista en, relación con, el, todo del, ser gobernado/relacionado con él).
Por eso, se debe conocer y aplicar (a) lo definido en la filosofía del derecho -es decir, en el fundamento del derecho (fundamento jurídico)-. Propiamente, de conocer y aplicar el derecho (es decir, el deber ser jurídico). A la medida de la forma en la cual (el derecho) -le- aplica/aplique a cada quien -es decir, a la medida de la forma en la cual los derechos y deberes existan/apliquen/procedan, se deban ejercer/cumplir, en relación con cada quien-).
Entonces, (propiamente) si el -todo del- ser humano -creado por el resultado de la unión de los seres humanos existentes; es decir, si la humanidad- (existente en la/una) relación jurídica logra cumplir con una parte o el todo del derecho -es decir, si cada quien cumple con el derecho en la relación jurídica y dicho cumplimiento (en relación con cada quien o algunos o todos de ellos) se puede lograr y, propiamente, logra mediante la inteligencia artificial eso es diligente. Será lo diligente. Es lo diligente.
Es decir, (eso) es lo que se debe hacer. Es lo que debe hacerse. Lo que debe existir. Es lo que debe ser. Es el deber ser jurídico. Pero, para que ello exista, (primero) debe existir claridad del (sobre -en relación con- lo definido en el -todo del-) derecho. Para que se conozca/sepa (tenga claro) cómo se debe cumplir. Ahí, cuando la inteligencia artificial sea un medio para lograrlo (para lograr una parte o el todo de ello), -sí- existirá el cumplimiento del derecho -con base en la inteligencia artificial-.
De lo contrario es una confusión. Una ilusión inválida. Algo culposo jurídicamente. Algo antijurídico. Un incumplimiento. Una (forma de la -existencia de la-) invalidez jurídica.
Porque no será (no es) algo en -relación con- lo cual (se haga/logre/logra que) exista el ejercicio de los derechos y deberes (es decir, el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes; es decir, el cumplimiento del derecho; es decir, el bien, bienestar, bondad; es algo en relación con lo cual no existe la/una/alguna coincidencia del ser, sujeto al derecho, con el, todo del, derecho, es decir, con el deber ser jurídico).
Cuando la inteligencia artificial (IA) cumple/cumpla (logra/logre cumplir) -propiamente, cuando el ser humano logre cumplir, parcial o totalmente, con el derecho con/mediante/a través de/usando/involucrado, en todo o en parte, a, la inteligencia artificial- ello será lo diligente. Y existirá/existe gracias a la diligencia humana.
Por ello, lo determinante es la (existencia de la) diligencia humana. Al ser la forma -de la existencia- del cumplimiento del derecho (la forma de cumplir con el derecho). La forma del ejercicio de los derechos y deberes. La forma de (hacer que exista -la forma de, la existencia de-) la validez jurídica. La forma (de la existencia) del goce de los derechos y cumplimiento de los deberes.
Incluido el que (la diligencia -jurídica-) es la forma de (hacer la existencia de) la inteligencia artificial válida jurídicamente/buena (para el bien -es decir, la forma de hacer la inteligencia artificial con base en el ejercicio de los derechos y deberes, y, que, por ende, permite que exista, permite la existencia, del ejercicio de los derechos y deberes, en relación con ella, con la forma en la cual exista, el/ese/este/dicho/el respectivo objeto/producto/medio conocido como inteligencia artificial, IA).
De hecho, (propiamente) la inteligencia artificial -IA- nunca será una forma del cumplimiento del derecho (una forma para cumplir con el derecho) en relación con el hecho de cumplir con el derecho frente a un ser externo a ella (en cuanto a un ser existente de una forma externa en relación con ella, en relación con su forma de la existencia, es decir, en relación con, su forma de existir, es decir, en relación con la forma en la que exista) -solo es una forma que cumple con el derecho en relación con la forma en la cual exista, cuando exista (es decir, si/cuando existe) de una forma que coincida (de una forma coincidente/armónica/cumplidora) con la manera en la cual le aplique el derecho-.
Por eso, cuando se puede/pueda/debe/deba/logre cumplir con el derecho involucrando/vinculante la inteligencia artificial, la inteligencia artificial -solo- sera una parte de ello (una parte -de la forma, de la existencia- del cumplimiento del derecho). Porque es/será una parte de la forma (de la existencia) -del todo- del cumplimiento del derecho.
Habrán otros elementos analógicos (en átomos) y digitales (en general, electrónicos -es decir, en bits-) que hacen/harán parte (de la forma -de la existencia-) del cumplimiento del derecho. Siendo el ser humano quien logra que -el todo de- ello exista. Es quien (cuando es diligente) hace que -ese- todo exista de una forma que cumpla y, por ende, pueda cumplir con el derecho -es quien le da sentido de cumplimiento del derecho a los elementos/seres (sujetos, humanos y no humanos, y objetos, analógicos y digitales) que pueden/deben lograrlo y (que, en definitiva; y, que definitivamente) lo logran -incluido el logro que hace/hará, directamente, su propio ser, humano, en lo relacionado con (todo) lo cual su ser (directamente) haga que coincida con el derecho-.
Por eso, la inteligencia artificial válida (jurídicamente)/buena es una forma -de la existencia- de la diligencia (jurídica).
La diligencia jurídica es lo determinante/necesario (es lo que debe existir). Es la/lo clave. La respuesta. La solución. La forma de lograrlo (cuando -el cumplimiento del derecho mediante la inteligencia artificial- sea lo diligente -es decir, sea algo posible y, propiamente, deba existir, sea algo que deba existir, al ser algo diligente, algo diligentemente posible, algo posible con la diligencia, es decir, cuando sea un deber, al ser algo en relación con lo cual pueda y, propiamente, deba existir el ejercicio de los derechos y deberes, es decir, el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes, es decir, el cumplimiento del derecho, es decir, el bien, lo bueno, bondad).
Por eso, la evolución del derecho consiste en (es/significa) la optimización/simplificación/efectivización -de la forma, de la existencia- del cumplimiento del derecho. Es decir, existe cuando existe una forma (más) simple del ejercicio de los derechos y deberes (una forma simplificada del ejercicio de los derechos y deberes, una forma simplificada el ejercicio de los derechos y deberes).
Una forma simplificada del goce de los derechos y cumplimiento de los deberes. Una forma simplifcada para gozar de los derechos y cumplir con los deberes. Una forma simplificada de ejercer los derechos y deberes. De gozar de los derechos y cumplir con los deberes. Del bien. Del bienestar. De la bondad. De la calidad de la vida válida jurídicamente. De la (forma de la -existencia de la-) calidad de la vida buena. De la vida buena. Del mundo bueno. De hacer que exista lo definido en el deber ser jurídico. De atender el/al deber ser jurídico. De la diligencia.
De hecho, en JURÍDIA le explicamos a los abogados/equipos de abogados cómo se cumple con el derecho (cómo existe el cumplimiento del derecho -cómo existe la validez/diligencia jurídica) en relación con la inteligencia artificial (IA). Estos son nuestros productos/servicios para ello: 1) Curso jurídico intensivo especial sobre el fundamento jurídico de la inteligencia artificial (IA) – JURÍDIA | JURÍDIA (juridia.co); y 2) Entrenamiento para equipos de abogados sobre el fundamento jurídico de la inteligencia artificial (IA) | JURÍDIA (juridia.co).
Enlace/vínculo/dirección/liga/URL/link del vídeo: https://youtu.be/_ehWQ2Leb3c?si=QPn8QZ8yYkJzYE39