Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital

www.juridia.co

 

En nuestra teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital (el —un—) sistema significa el tiempo y el espacio (incluido: el contexto) relacionado con el (un) ser.

 

Es la dimensión (incluido: integral) del ser.

 

Es el todo (del ser) creado por el resultado de la unión de sus partes (incluido: de sus subsistemas que existen en sus ser y el sistema o los sistemas en lo que existe su ser —de los subsistemas y, en general, de los sistemas relacionados con el ser—).

 

Por eso: un sistema es el conjunto de las funciones, las estructuras y los sujetos relacionados con el ser (en un tiempo y espacio definido).

 

Propiamente: es el conjunto de los objetos y sujetos en el tiempo y el espacio existente en relación con la funcionalidad (con la existencia funcional —con el funcionamiento—) del (de un) ser.

 

Entonces: para definir el (un) sistema se deben conocer sus partes y el todo creado por el conjunto (es decir: el resultado de la unión) de sus partes.

 

Lo que hace que se conozca la situación del sistema y el deber ser (desde el derecho: el deber ser jurídico) que debe ser (el —ese— ser —ese ser definido como el, un, sistema—) para funcionar (en general: para existir) válidamente —jurídicamente— (para ser funcionalmente válido —jurídicamente—. Para existir de la forma válida —jurídicamente—).

 

Permitiendo que (la visión sistémica —sistemática— permite que) la acción diligente (jurídicamente) del (de cada —todo—) ser (sujeto al —gobernado por. Regido por. Que hace parte del campo de acción del— derecho) —del ser diligente— sea válida (jurídicamente) al (permitir) prever (poder prever —al permitir poder conocer la forma del sistema y la forma que debe ser, tener, para ser válido, jurídicamente—) y hacer (incluido: al permitir la claridad sobre la forma de hacer —incluido: lograr—) que su sistema (de existencia —que su ser entendido, definido, como un sistema—) y los sistemas relacionados con la (su) diligencia existan (incluido: funcionen) —incluido: se mantengan— de la forma que coincide (coincida) con el (su) deber ser jurídico (al hacer que cada parte —del sistema— y el todo —del sistema— sean de la forma que coincide con el —con la forma de aplicación del. Con la forma en que le aplica, procede, el— derecho —al sistema. A cada sistema, y subsistema, involucrado en el, un, caso. A cada parte y al todo del sistema—).

 

Lo que se demuestra si (incluido: lo que se prueba cuando se demuestra válidamente —jurídicamente— que) su función (incluido: sus funciones) —si la función del sistema— es válida (jurídicamente) al existir de la (una) forma que coincide con el derecho.

 

Porque: solo es posible la existencia de la función válida —jurídicamente— (incluido: solo existe el efecto jurídico válido —jurídicamente— de la —una— función) si existe el sistema válido —jurídicamente—.

 

Y: ese (el —un—) sistema válido —jurídicamente— solo existe si sus partes (incluido: sus subsistemas y el sistema o los sistemas dentro de los que existe el ser—) son válidos —jurídicamente— (a nivel individual —cada parte entendida como un ser— y grupal —la unión de las partes entendida como el ser creado por el todo que resulta del conjunto de las partes—). Por eso: se debe hacer que el (cada todo) sistema sea válido (jurídicamente) al ser la forma de ser en la que existe el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes (aplicables —procedentes— en ese —en relación a ese— sistema) —es decir: al ser la forma de ser (del sistema) en la que existe el derecho porque la naturaleza, el objeto y el alcance del sistema (incluido: de las partes del sistema) son de la forma funcional que hace que exista la (esa) validez, eficacia y seguridad jurídica (validez jurídica porque el ser coincide con su deber ser jurídico, eficacia jurídica porque existe el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes y seguridad jurídica porque el sistema es permitido y protegido por el derecho al ser, existir, de la forma en la que le aplica el derecho. De la forma en la que le aplica el derecho al ser del sistema. Al ser de la forma del derecho. Al ser la forma del derecho. Al ser de la forma de la, que hace, que exista, la calidad de vida definida por, en, el derecho. Propiamente: al ser la calidad de vida del derecho)—.