JURÍDIA – Good practices in-house training for optimizing commercial marketing projects’ effectiveness

 

Jurídicamente (es decir, en relación con -lo definido en- el derecho) el tratamiento de un dato (personal -es decir, asociado, vinculado, relacionado, con una persona, física, es decir, natural, o moral, es decir, jurídica- o no personal -es decir, no asociado, no relacionado, que no está relacionado, que no se relaciona, relacione, con la, una, alguna, forma de la, existencia de la, de una, de alguna, persona-) solo se debe hacer (solo, debe existir) cuando es (sea) una forma (de la existencia) para cumplir (que cumple, cumpla) con (lo definido en) el derecho.

 

Esa es la necesidad válida jurídicamente. La (su) necesidad. La necesidad del (de un, algún) tratamiento. En relación con (de, sobre) un dato. Por eso, cuando sea lo (algo) válido jurídicamente se debe hacer de una forma válida jurídicamente. Es decir, de una forma en (relación con) la cual se cumpla con el derecho. Es decir, se gocen (exista el goce de) los derechos y (se) cumplan (exista el cumplimiento de) los deberes jurídicos (es decir, exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes definidos en el -todo del, ser del- derecho).

 

Por eso, cuando el tratamiento de un dato es algo necesario dicho tratamiento se debe hacer de una forma en (relación con) la cual el dato y, propiamente, el tratamiento exista de una forma (incluido, de, con, una -forma de la, existencia de la- calidad válida jurídicamente). Propiamente, de una forma en relación con la cual el (cada, todo, cualquier, el todo del) ambiente en (relación con) el cual exista (el, dicho, tratamiento) exista de una forma válida jurídicamente (en relación -en, todo, en el todo de, lo relacionado- con ello).

 

Por eso, no se trata de que quien (de que la persona que) trate el (un, algún) dato personal (siempre) deba mantener actualizado (incluido, actualizar) el dato. Se trata es de que el tratamiento del dato atienda (incluido, válidamente jurídicamente), a, la necesidad por la cual existe (exista; se trata de que el tratamiento, del dato, atienda, a, lo que sea necesario, jurídicamente, según la forma en la cual exista el ambiente en, relación con, el cual exista). Es decir, de que el tratamiento haga que se cumpla con el (que exista el cumplimiento del -de lo definido en el-) derecho (en relación con ello). Por eso, por ejemplo, se trata de que (cuando sea lo -algo- necesario -para que exista, para la existencia de la, validez jurídica) quien deba actualizar el dato (por ejemplo, el titular del dato -su titular- o el tercero que trate el dato) lo haga.

 

Por eso, se trata de la (una, alguna, forma de la, existencia de la) calidad válida jurídicamente del dato. De la calidad válida jurídicamente del tratamiento. De la calidad válida jurídicamente del ambiente en el cual exista el tratamiento. Del ambiente válido jurídicamente. De la validez jurídica. Del deber ser jurídico del tratamiento del dato. De que el tratamiento del dato exista de una forma que coincida con (lo definido en) el deber ser jurídico. Es decir, con la forma en la cual le aplica (aplique) el (lo definido en el -todo del-) derecho.

 

Por eso, se trata de que cada ser humano existente en relación con la forma en la cual exista el (cada, un, todo, el todo del) tratamiento del (de un) dato cumpla con el derecho (con base en la forma en la cual -el derecho- le aplique, con base en la forma en la cual exista el ambiente en el cual exista el tratamiento).

 

Esa es la forma de hacer que cada persona existente en relación con la forma en la cual exista el tratamiento de un dato exista de una forma válida jurídicamente y, propiamente, (es la forma) de hacer que el tratamiento del dato (del todo del dato creado por el resultado de la unión de los datos, personales y/o no personales, relacionados con el todo de la forma en la cual exista el tratamiento) exista de una forma válida jurídicamente.

 

Por eso, se trata de conocer y atender (a) la forma en la cual aplique (aplica) el derecho (a, la forma, de la existencia, de la aplicación del -de lo definido en el- derecho) en relación con la forma en la cual exista el tratamiento del (de un) dato. De conocer (a) la forma de la existencia del derecho en relación con la forma en la cual exista (incluido, existirá, va existiendo, vaya existiendo, está existiendo, existe) el tratamiento del (de un) dato (es decir, en relación con la forma de la existencia del tratamiento del, de un, dato personal) y, propiamente, de cumplir con el derecho en relación con ello.