Filosofía jurídica para un derecho digital de consumo mercantil avanzado
Por: Camilo Alfonso Escobar Mora, Ph.D., fundador de JURÍDIA, Entrenamiento jurídico de nivel sénior de equipos de abogados en derecho digital de consumo mercantil juridia.co. Contacto: gerencia@juridia.co / Servicio de entrenamiento de equipos
La filosofía del derecho es su razón de ser, la fundamentación de los derechos y deberes; de su forma, importancia, necesidad. Es la forma de la solución, es decir, de lo que se debe cumplir y, por ende, debe existir para que exista el bien, o el mal. Todo se precisa en lo conocido como validez jurídica, es decir, la coincidencia con el deber ser jurídico (a nivel general, incluyéndose su aplicación según el caso); o sea, la correspondencia del caso con la forma en la que debe existir jurídicamente para ser bueno.
Lo bueno es en relación con lo cual existen los derechos y deberes, en donde existe la realización jurídica; al ser lo que permite y, como tal, logra la existencia de la vida (de la mejor manera posible en el caso). Por eso, lo justo es lo jurídico, lo ajustado a él; lo que se ajusta al todo de lo jurídico, es decir, a lo definido mediante ello, es decir, a la forma de la libertad, incluido el límite, jurídicamente. Con lo que queda claro que la filosofía del derecho es la teoría y, en definitiva, la forma del derecho.
El reto es saber qué son y qué no son los derechos y deberes, por ejemplo, lo conocido como privacidad no es un derecho sino la forma de lo relacionado con lo que debe existir privadamente (el fenómeno de lo privado jurídicamente); los derechos y deberes son las características, las condiciones, los requisitos, de la libertad jurídica, es decir, de la acción permitida jurídicamente, que incluye la inexistencia de lo improcedente (prohibido) jurídicamente. La dignidad sí es un derecho, una condición que se debe tener para ser libre, y esta incluye la existencia de lo privado (privacidad) y de lo público (publicidad) —válidamente— para poder existir; lo que implica que se deban atender todos los elementos para lograrlo, como la solidaridad, la buena fe, la previsibilidad y, en sí, la pasividad y proactividad, válidamente; en abstracto y, consecuentemente, en concreto, según cada persona (individual y organizacional), según el caso.
Esto es lo que debe estar claro para que como profesionales del derecho (abogados, juristas) podamos entender y, por lo tanto, atender el deber ser jurídico, preventiva y correctivamente, en casos relacionados con el comercio electrónico; que, en últimas, significa el espacio de relaciones jurídicas entre la empresa mercantil (comercial) y el consumidor involucrando el medio electrónico (siendo su forma digital la más avanzada), porque no existen relaciones empresa mercantil – empresa mercantil o empresa mercantil – organización del sector público (nacional/extranjero/internacional/total) no mercantil cuando la única persona que jurídicamente se presume profesional en su mercado (que es único, al ser su forma específica -unica- de existencia empresarial) y que, por ende, se sujeta a ello, para ser diligente, es la empresa oferente/promotora/promocionadora, mercantilmente (comercialmente) de algo.
No existe el derecho digital mercantil de consumo sino el derecho, lo jurídico, el deber ser jurídico; la filosofía (forma) del derecho debe atenderse a la medida del caso vinculado con comercio electrónico. Así se logra su validez o la solución de los conflictos relacionados con ello. No nos debemos confundir, la inteligencia artificial (IA), el tratamiento de los datos (personales y no personales), el cumplimiento de la oferta mercantil en el ambiente global, el alcance del control privado y público diligente, y demás manifestaciones, se manejan con calidad jurídica profesional cuando se conocen y aplican, como abogados, los fundamentos del derecho; según lo que dependa de los encargos y, en general, del asunto a cargo de los profesionales del derecho, individualmente y como equipos, lo que incluye la diligencia de cada miembro, como abogado, y del equipo, como grupo (totalidad), para lograrlo.