By: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora

Founder of JURIDAI – In-house Legal Training on General Principles of Law Regarding Artificial Intelligence (AI)

El siguiente importante vídeo comunica temas relacionados con el texto aprobado del Reglamento de Inteligencia Artificial (IA) del Parlamento Europeo.

Es determinante entender que para poder cumplir con el derecho en cuanto a la inteligencia artificial (IA) se conozca y aplique (todo) lo definido en el derecho.

Porque el (todo del) derecho indica cómo existen los derechos y deberes, es decir, (mediante el derecho se define) la forma en la cual puede existir y, propiamente, existe el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes.

Entonces, para lograr (que exista) el ejercicio de los derechos y deberes frente a la inteligencia artificial (IA) se debe comprender como aplica/procede el derecho a la medida de cada relación jurídica vinculada con la/una/alguna/cualquier/cualquiera/el todo de la inteligencia artificial (IA).

Así se tiene claridad sobre la forma en la cual los derechos y deberes pueden ser y, propiamente, son efectivos ante la inteligencia artificial (IA).

Por eso, es fundamental conocer y aplicar (-el todo de- lo definido en -el todo de-) los principios generales del derecho. Por ejemplo, en relación con la inteligencia artificial (IA).

Esa es la forma en la cual se aclara como existe la validez jurídica (es decir, es la forma de aclarar -a- la forma -de la existencia- de la validez jurídica). Por ejemplo, en lo involucrado con la inteligencia artificial.

Porque es la forma en la cual se define como se cumple con el derecho (incluido el que es la forma de conocer como se cumple -como se puede cumplir- con normas específicas) en lo relacionado con la inteligencia artificial (IA).

Por eso, el (todo del) derecho define/indica/comunica -es decir, mediante el (todo del) derecho se establece/define/indica- como existe la inteligencia artificial (IA) con validez jurídica -es decir, se define a la forma (de la existencia) de la inteligencia artificial (IA) válida-.

La inteligencia artificial (IA) válida existe cuando/si existe el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes en relación con ella (con base en la cual exista -a la medida de la forma en la cual exista la respectiva relación jurídica donde dicho objeto/producto exista, es decir, a la medida de la relación jurídica donde dicha creación, humana, exista-).

En conclusión, lo determinate es (que exista) el ejercicio de los derechos y deberes a la medida de la inteligencia artificial (IA) a la medida de la forma en la cual a cada quien le apliquen a la medida de cada relación jurídica relacionada con ello.

Así, por ejemplo, se conoce como existe la diligencia (jurídica) en la gestión del riesgo (o en la explicación/explicabilidad) de -en cuanto a- la/una inteligencia artificial, IA.

Enlace/vínculo/dirección/liga/URL/link del vídeo: https://youtu.be/7RYqrw9tdVk?si=c6KYoRUoBTBEMvoD

* Estos son nuestros servicios de formación jurídica para abogados sobre los principios generales del derecho en relación con la inteligencia artificial, IA – JURÍDIA.