Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

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Sí. Por eso, (los elementos -de la forma, de la existencia- del derecho) son lo que permite cumplir con el derecho. Incluido, (cumplir) con (las) normas jurídicas (específicas, puntuales). Son los elementos del todo de la forma de la existencia que permite conocer y atender el derecho.

 

Son lo que permite cumplir con la forma en la cual las normas jurídicas aplican y, propiamente, con la forma en la cual el derecho (el todo de la, forma de la, existencia de la, norma jurídica) aplica a la medida de cada situación (relacionada con, lo definido en -el todo del- derecho).

 

Son los elementos que permiten cumplir con (lo definido en) el derecho. Son los elementos (son las formas, de la existencia) que permiten (son la forma de la existencia que permite) cumplir con el derecho. Son los elementos que permiten conocer y aplicar el (al -todo de lo definido en el-) derecho.

 

Son los elementos que permiten conocer y cumplir (con) el derecho. Por eso, el fundamento jurídico (el fundamento del derecho, el fundamento de la forma de la existencia del derecho) es el todo creado por el resultado de la unión de los elementos del derecho.

 

Propiamente, por eso, la forma de la existencia del derecho es el todo creado (es la forma, de la existencia, creada, existente) por el resultado de la unión de esos elementos (de esas formas, de la existencia). Por eso, el deber ser jurídico es la forma de la existencia existente por el resultado de la unión de esos elementos.

 

Por eso, la validez jurídica existe cuando se conocen y, propiamente, atienden esos elementos. Por eso, un ser (relacionado con -lo definido en- el derecho) es válido (existe de una forma válida) jurídicamente cuando (su ser) coincide con (lo definido en) el (cuando coincide con su, respectivo) deber ser jurídico.

 

Es decir, con la forma en la cual los elementos del derecho le aplican. Con base en la forma en la cual exista el (respectivo) ser (sujeto -humano o no humano- u objeto). Por eso, el ser válido jurídicamente es el que coincide (es el que es armónico, es el que cumple) con la forma en la cual el derecho le aplica (aplique).

 

Con base en la forma en la cual exista el (cada, todo, el todo del) ambiente (relacionado con -lo definido en- el derecho) en (relación con) el cual exista. Por eso, propiamente, se trata de la existencia del ambiente válido jurídicamente (por eso, el todo de la forma de la existencia de cada ambiente relacionado con el derecho es un ser y, como todo ser sujeto al derecho, debe existir de una forma válida jurídicamente).

 

Por eso, cuando existe el ambiente válido jurídicamente todos los seres existentes en relación con él (con la forma en la cual existe -exista-) existen de una forma válida (son válidos) jurídicamente (incluido, su ser -el ser del, respectivo, de dicho, ambiente).

 

Porque tanto sus partes como su todo existen de una forma válida jurídicamente. Y ello existe cuando se cumple con (lo definido en) el derecho. A la medida de la forma en la cual (el derecho) aplique en dicho (en cada, en todo, en el todo del) ambiente (relacionado con el derecho).

 

Por eso, se trata de que cada ser humano existente en cada ambiente relacionado con el derecho cumpla con lo definido en él (en el derecho). Con base en la forma en la cual (el derecho) le aplique (a su, respectivo, ser, humano). Al ser la forma en la cual existe (se hace -se logra el, hecho de que- que exista) el ambiente válido jurídicamente.

 

Lo cual (solo) existe cuando se conocen y atienden los elementos del derecho. Es decir, los elementos que permiten cumplir con el derecho. Por eso, por ejemplo, se debe conocer y atender (a) la forma de la existencia de la diligencia jurídica (es decir, -propiamente- del cumplimiento del derecho). A la medida de la forma en la cual exista (aplique, proceda) en cada (todo, el todo del) ambiente relacionado con el derecho.

 

Por eso, se trata de la existencia de la validez jurídica. La cual existe cuando se conocen y atienden (a) los elementos del derecho. Por eso, en definitiva, se trata de conocer y atender a la forma de la existencia de la validez jurídica. A la medida de (la forma en la cual exista -la, forma de la, existencia de la, validez jurídica- en) cada (todo, el todo del) ambiente relacionado con el derecho.

 

Al ser la forma (de la existencia) en (relación con) el cual existe el goce de los derechos y (el) cumplimiento de los deberes jurídicos. Es decir, al ser la forma (de la existencia) en relación con la cual se aplica lo definido en el derecho. Se cumple con (lo definido en) el deber ser jurídico.

 

Propiamente, al ser la forma de la forma de la existencia existente con la existencia del cumplimiento del derecho. Es decir, la forma de la existencia del bien. En lo relacionado con la existencia humana.

 

Por eso, los elementos del derecho (propiamente) son la forma de la existencia que define a la forma de la existencia (del goce) de los derechos y (del cumplimiento) de los deberes jurídicos -por eso, a la vez, los derechos y deberes jurídicos son la forma de aplicar el deber ser jurídico, son la forma de hacer que exista el bien, son la forma, de la existencia, del bien- y, propiamente, (por eso, los elementos del derecho son la forma de la existencia que define a la forma, de la existencia) del cumplimiento del derecho (propiamente, son la forma de la existencia que define, a, la forma de la existencia del derecho, a, la forma en -relación con- la cual existe el derecho, el deber ser jurídico, el bien).

 

Son la forma de la existencia del bien. De lo bueno. De la validez jurídica. De lo válido jurídicamente. De la virtud.