Por: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora

Fundador de JURÍDIA – Explicamos los principios generales del derecho en relación con la inteligencia artificial (IA)

Perfeccionamos Abogados/Equipos de Abogados

No existe el “derecho digital”. Ni existe el “derecho no digital”. Existe el derecho. Es decir, el deber ser jurídico.

Por eso, no se trata de intentar dividir el (al) derecho. No se trata de que existan divisiones antijurídicas (contrarias a lo definido en el -todo del- derecho).

No se trata de la (una, alguna, forma de la, existencia de la) invalidez jurídica. Se trata de que nada (relacionado con lo definido en el derecho) exista de una forma que incumpla con (lo definido en) el derecho.

Se trata de que nada (relacionado con el derecho) exista de una forma en (relación con) la cual exista el (alguna forma, de la existencia, del) incumplimiento del derecho.

Se trata de que cada ambiente y, propiamente, (de que) el todo (de la forma, de la existencia) del ambiente relacionado con el derecho exista de una forma en (relación con) la cual exista el (alguna forma, de la existencia, del) cumplimiento del derecho.

Se trata de que se gocen los derechos y (se) cumplan los deberes jurídicos. De que exista el (alguna forma, de la existencia, del) goce de los derechos y (el; del) cumplimiento de los deberes jurídicos.

Con base en la forma en la cual exista cada ambiente y, propiamente, el todo del ambiente relacionado con (lo definido en) el (todo del) derecho.

Por eso, se trata de conocer (a) la forma en la cual el derecho le aplica al (a cada, a todo, al todo del) ambiente relacionado con él (con, el derecho) y de aplicar esa forma (a la medida de cada ambiente, de todo ambiente y, propiamente, del todo del ambiente relacionado con él -con, el derecho-).

Por eso, se trata del cumplimiento del derecho. De cumplir con el derecho. De que se cumpla con (lo definido en) el derecho. De que se aplique (a) lo definido en el (todo del) derecho.

De que cada ambiente y, propiamente, (de que) el todo del ambiente relacionado con la forma de la existencia de (con la forma en la cual existen -existan-) los deberes y deberes jurídicos (es decir, los derechos y deberes definidos en el derecho) exista de una forma en (relación con) la cual coincida con el (con su, respectivo) deber ser jurídico (es decir, con la forma en la cual le aplica -aplique- el -todo del- derecho).

Por eso, se trata de que exista validez jurídica (en cada ambiente, en todo ambiente y, propiamente, en el todo -de la forma, de la existencia- del ambiente relacionado con el derecho).

Estos son nuestros: Servicios – JURÍDIA.