Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©
Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital
La publicidad comercial digital válida jurídicamente (es decir, la publicidad comercial, existente en el, un, medio digital, que cumple, con, el derecho) es, esa forma de comunicación (es decir, es la publicidad, comercial, digital; es decir, es la forma de la comunicación de la empresa, comercial, mercantil, que influye o trata de influir al consumidor en sus decisiones de consumo, incluido: relacionadas con productos comerciales, mercantiles) de la empresa en la que, la (respectiva, dicha, esa) empresa, (en el respectivo caso, jurídico, en el cual exista, la, dicha, esa, publicidad; es decir, en la respectiva relación jurídica, la cual puede ser extracontractual o contractual, según el caso, en el cual exista, la, esa, publicidad) considera (incluido: válidamente, jurídicamente), a, los derechos y deberes (jurídicos, es decir, a, los derechos y deberes definidos en el derecho; a la medida del respectivo caso, jurídico).
Por eso, es la publicidad de la empresa mercantil existente en el (un) medio digital en relación con la cual la empresa que realiza o, según el caso, en nombre de la cual se realiza válidamente (jurídicamente) esa publicidad considera (es decir, atiende) válidamente (jurídicamente), a, la forma de la existencia (jurídica) del (que tenga el) consumidor (en su forma, versión, diligente, jurídicamente; según la forma en la cual le aplique, proceda, la diligencia, jurídica, en el caso; es decir, de acuerdo, con base, en la forma en la cual exista su diligencia, jurídica, en el caso, jurídico; según el caso, jurídico, y a la medida del caso, jurídico).
Y por eso, la publicidad comercial (mercantil) digital es válida (jurídicamente) cuando (el todo de) su forma de existencia (incluido: el todo de su forma, de existencia, creado por el resultado de la unión de las formas existentes en relación con, la forma de la existencia de, su ser; incluido: el todo de la forma creado por las formas existentes en relación con la forma de la existencia creado por el resultado de la unión de las formas existentes en relación con las formas de la existencia de la forma de la existencia creada por el resultado de la unión, de cada, de toda, del todo de la, forma, de, es decir, la, cada, toda, forma relacionada con la forma de, la existencia, del software, de la telecomunicación, del contenido digital y del ambiente analógico, incluido: del, de cada, de todo, ser humano, e incluido: del, todo del, incluido: de cada, de todo, hardware, existente, en relación con la, forma de la existencia de la, publicidad comercial digital) cumple (con) el derecho.
Al ser la (única) forma en la cual atiende (puede atender, es posible atender; propiamente, al ser la, única, forma en la cual, atiende diligentemente, jurídicamente) al consumidor (diligente, jurídicamente; es decir, al consumidor que existe diligentemente, jurídicamente, con base en la forma en la cual exista su, es decir, le aplique, proceda, la diligencia, jurídica, en el caso). Al ser la (única) forma en la cual existe (puede existir; se logra; se hace; se permite; se crea) la existencia del goce de (todos) sus derechos (jurídicos) y el cumplimiento de (todos) sus deberes (jurídicos). En el caso (jurídico), según el caso (jurídico) y a la media del caso (jurídico).
Entonces, la forma (incluido: el fundamento, jurídico) de la (forma de la), existencia de la, publicidad comercial digital válida (jurídicamente), es decir, la forma (de la existencia) de la validez jurídica de la publicidad comercial digital, es universal. A la medida del (de cada) caso (jurídico). Y por eso, la publicidad comercial digital válida (jurídicamente) es la que hace (permite; logra; crea) la (forma de la existencia de la) conciencia válida (jurídicamente) del consumidor; en relación con la (esa) publicidad, a la medida del (respectivo) caso (jurídico).
Y por eso, la empresa (comercial, mercantil) debe ser diligente (propiamente, debe existir diligentemente; jurídicamente) al ser la forma de hacer (lograr, crear), en lo relacionado con su diligencia (jurídica; a la medida del, respectivo, caso, jurídico), la forma de la existencia de, la (su) publicidad comercial digital válida (jurídicamente); la cual (por eso), en definitiva existe (es decir, por eso, propiamente, la, esa, publicidad válida, jurídicamente, existe) cuando cada ser humano existente en el caso (jurídico) en el cual existe (la, respectiva, esa, publicidad) es diligente (es decir, existe diligentemente; jurídicamente), a la medida (de la forma de la existencia) del (respectivo) caso (jurídico).
Porque (la, su, esa, publicidad), solo, existe cuando (todo) lo relacionado con (la forma de la existencia de) su ser (del ser de la publicidad; propiamente, cuando lo relacionado con la, esa, publicidad) existe válidamente (jurídicamente; es decir, cuando, todo, lo relacionado con su ser es válido, jurídicamente). En el (respectivo, en cada) caso (jurídico), según el (respectivo, cada) caso (jurídico) y a la medida del (respectivo, de cada) caso (jurídico).
Propiamente, la publicidad digital comercial (mercantil; es decir, la publicidad de la, una empresa mercantil, comercial, existente, es decir, que se comunica, es decir, comunicada, en definitiva, que hace, genera, crea, forma, una forma de comunicación, propiamente: cuya forma de existencia existe, en el, un, medio digital), solo, es válida (jurídicamente) cuando el (todo del) caso (jurídico) en el cual existe es válido (es decir, existe de una forma válida), jurídicamente.