By: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora

Founder of JURIDAI – In-house Legal Training on General Principles of Law Regarding Artificial Intelligence (AI)

 

Un derecho jurídico (es decir, un derecho definido en, mediante, el, a través del, derecho, es decir, un derecho definido en el deber ser jurídico) se goza o no se goza (se ejerce o no se ejerce, se disfruta o no se disfruta, se disfruta o no se disfruta del efecto de, la forma de, su existencia).

Un deber jurídico (es decir, un deber definido en, mediante, el, a través del, derecho, es decir, un deber definido en el deber ser jurídico) se cumple o se incumple (se cumple o no se cumple, se ejerce o no se ejerce, existe el disfrute o no existe el disfrute de lo relacionado con, el efecto de, la forma de, la existencia de, un, del, deber, jurídico).

Es decir, el derecho se cumple o se incumple. Lo definido en el derecho se cumple o no se cumple. El deber ser jurídico se atiende o se desatiende. El derecho se cumple cuando se atiende (a) la forma en la cual aplica (aplique, el derecho). Es decir, cuando el (respectivo, cada, todo, el todo del) ser humano que deba cumplirlo lo cumple (cumple con lo definido en él, en el derecho) lo atiende (atiende a lo definido en el derecho) de alguna forma.

Es decir, cuando el ser humano existe de una forma que coincide (que es armónica) con (que atiende, a) su (respectivo) deber ser jurídico. Con base en la forma en la cual el derecho le aplique. Con base en la forma de la (respectiva, cada, toda, el todo de la) relación jurídica (es decir, de la relación entre seres humanos en la cual existen, existan, derechos y deberes jurídicos) en (relación con) la cual existe (exista) el (respectivo, cada, el todo del) ser humano.

Por eso, el deber ser jurídico existe de acuerdo a la forma (de la existencia) del (respectivo, de cada, del todo del) ser sujeto a él (al derecho, es decir, del ser que debe, deba, cumplir con, atender a, lo definido en el derecho). Es decir, según (con base en) la forma en la cual (el derecho) le aplique (aplica, a él, al ser sujeto al derecho, a cada ser sujeto al, gobernado por el, derecho, es decir, al, a cada, a todo, al todo del, ser existente en la, una, cada, toda, el todo de la, relación jurídica).

Por eso, no se puede abusar del derecho. Ni se puede abusar de un derecho (o de un deber) jurídico. Porque se cumple o se incumple con el derecho. Con base en la forma en la cual el derecho proceda (aplique, exista) en cada relación jurídica. Una relación jurídica cumple o no cumple con (existe o no existe de una forma coincidente con, armónica con) su (respectivo) deber ser jurídico.

Los seres humanos existentes en cada relación jurídica cumplen o incumplen con lo definido en el derecho. Los seres humanos hacen o no hacen que la relación jurídica (en, relación con, la cual existen, existan) sea o no sea válida jurídicamente (coincida o no coincida con el, respectivo, con su, respectivo, deber ser jurídico, con la forma en la cual le aplica, aplique, el derecho, al todo de la, respectiva, al todo de dicha, al todo de la, relación jurídica).

Por eso, por ejemplo, no se trata de ponderar (no se trata de balancear, no se trata de ser arbitrario, no se trata de ser culpable jurídicamente, no se trata de la existencia de una forma inválida jurídicamente) en relación con (todos) los derechos y deberes jurídicos aplicables (existentes, procedentes, que se deben atender) en una relación jurídica en cuanto a definir cuáles «prevalecen» sobre otros . Porque se trata de cumplir con el (todo del) derecho. A la medida de cada relación jurídica. Por eso, el derecho se cumple o se incumple (se cumple, totalmente, o no se cumple, se atiende, a su todo, al todo de, la forma de, la existencia de, su ser, o no se, le, lo, atiende). Una relación jurídica coincide o no coincide  (cumple o no cumple, atiende o desatiende, a, es armónica o disarmónica, es armónica o no es armónica con) su (respectivo) deber ser jurídico.

No se trata de intentar sacrificar unos derechos y/o deberes por intentar que se gocen unos derechos y/o se cumplan unos deberes. Se trata de que se gocen todos los derechos y se cumplan todos los deberes jurídicos a la medida de cada relación jurídica. Se trata de cumplir con el derecho en cada (toda, el todo de la) relación jurídica. Se trata de que exista validez jurídica. Se trata de que exista efectividad jurídica. Se trata de que se gocen los derechos y se cumplan los deberes jurídicos. Se trata de que se cumpla con lo definido en el derecho.

Se trata de que exista el efecto del cumplimiento del derecho en cada (cualquier, cualquiera, toda, en el todo de la, en la) relación jurídica. Se trata de ser libres jurídicamente. Se trata que exista (la, una, alguna, forma de la, existencia de la) validez jurídica (en la relación jurídica, en el todo de la relación jurídica, en todo lo sujeto al derecho, en el todo del ambiente gobernado por el derecho, en el todo de la forma de la existencia de las relaciones en las cuales existen derechos y deberes jurídicos, en el todo de la forma de la existencia del ser del deber ser jurídico).

Por eso, cualquier conducta que afecte el goce de un derecho jurídico es antijurídica. Todo lo que (lo que) afecta  (afecte) el cumplimiento del derecho es (algo) antijurídico (es una forma, de la existencia, antijurídica, es, la forma de, la existencia de, un ser antijurídico). Es algo malo (jurídicamente). Es (algo) contrario (opuesto) al (que afecta la existencia del, que hace que no se logre que exista el efecto de, por, existente con base en, la atención del) deber ser jurídico (es algo que hace que no exista la, una, alguna, forma de la, existencia de la, calidad de la vida válida, buena, armónica, jurídicamente).

Se trata de que cada derecho jurídico se goce (totalmente, claramente, efectivamente, válidamente). Se trata de que cada deber jurídico se cumpla (totalmente, claramente, efectivamente, válidamente). Se trata de entender que el goce de un derecho jurídico (solo) existe si (cuando) se gozan (todos) los derechos y se cumplen (todos) los deberes jurídicos existentes en relación con él (por eso, correlativamente, el cumplimiento de un deber jurídico, solo, existe si, cuando, se gozan, todos, los derechos y se cumplen, todos, los deberes jurídicos existentes en relación con él). Se trata de entender que el cumplimiento del derecho (solo) existe si (cuando) se gozan (todos) los derechos y se cumplen (todos) los deberes jurídicos a la medida de cada relación jurídica.

Se trata de que se conozca y atienda a (al todo de la, el todo de la) forma de la procedencia (aplicación, existencia) del derecho. A la medida de cada relación jurídica. Se trata de que se conozca y atiende a la forma de la procedencia (aplicación, existencia) de cada derecho y deber jurídico. A la medida de cada relación jurídica. Se trata de entender que un derecho jurídico existe en el todo de la forma de la existencia de su ser (en el todo del tiempo y del espacio y, propiamente, en el todo del ambiente en el cual existe).

Se trata de entender que no se puede decir que alguien abusa de un derecho jurídico, de un deber jurídico o del derecho. Se trata de entender que un abuso es antijurídico. Pero no por ejercer un derecho o un deber jurídico. Sino porque un abuso (existente, en, relación con, una relación jurídica) afecta el cumplimiento del derecho (afecta el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos, afecta el goce de la libertad, jurídica, hace que no existamos con libertad, jurídica, hace que no existamos libremente, efectivamente, jurídicamente).

Se trata de conocer y atender el (al) deber ser jurídico. De conocer y atender (a lo definido en) el derecho. Se trata de relacionarnos bien (jurídicamente). Se trata de existir bien (jurídicamente). Se trata de la (una, alguna, forma de la, existencia de la) calidad de la vida válida (efectiva, libre, buena, liberadora, solucionadora, viable, posible, evolucionadora) jurídicamente.