JURÍDIA – Good practices in-house training for optimizing commercial marketing projects’ effectiveness

 

Jurídicamente (es decir, en relación con lo definido en el -todo del- derecho), se trata de manejar los recursos -propiamente, de que los sujetos, incluido, humanos y no humanos, y objetos; propiamente, de que las formas, de la existencia- (existentes en cada ambiente -contexto- relacionado con -lo definido en- el derecho) de una forma que haga que exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos (es decir, de los derechos y deberes definidos en el -todo del- derecho -es decir, en el, todo del, deber ser jurídico).

 

Se trata de (lograr -de que exista alguna forma de-) la existencia del goce de los derechos y (del) cumplimiento de los deberes jurídicos. De que se gocen los derechos y cumplan los deberes jurídicos. De que exista el bien. Gracias al goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos. Propiamente, gracias al cumplimiento del (gracias a que se cumpla, de alguna forma, con -lo definido en- el derecho).

 

Por eso, no se trata de que los recursos se definan y, propiamente, manejen de una forma arbitraria (con base en la -una, alguna, forma de la, existencia de la) arbitrariedad (propiamente, no se trata de que los recursos -existentes, en relación con el derecho- se manejen -existan- de una forma antijurídica) sino de una forma válida jurídicamente.

 

De una forma que haga que exista la (una, alguna -forma de la, existencia de la-) validez jurídica y, propiamente, del bien. Porque se trata del todo de la forma de la existencia de la validez jurídica. Del todo de la forma de la existencia del bien. Propiamente, de la existencia de la validez jurídica. En definitiva, propiamente, de la existencia del bien. De la existencia existente con la existencia del bien.

 

Por eso, los derechos y deberes jurídicos se ejercen (aplican, atienden; el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos existe) cuando existe el goce de (incluido, todos) los derechos y el cumplimiento de (incluido, todos) los deberes jurídicos. Porque solo es posible que se goce (de) un derecho cuando (si) existe el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos. Ya que el goce de un derecho es la forma de la existencia existente con el cumplimiento del (que existe cuando se cumple con -el todo de lo definido en- el) derecho.

 

Conozcamos el derecho. Apliquemos (a) lo definido en el derecho. Cumplamos (con, lo definido en) el derecho. Atendamos los deberes ser jurídico. Hagamos la (-una, alguna; hagamos que exista, el todo de, la- forma de la) existencia existente con la existencia del bien. Gocemos los derechos y cumplamos los deberes jurídicos. Hagamos que el mundo (relacionado con, la existencia de, la humanidad) exista bien.

 

Hagamos (configuremos, logremos) el (incluido, disfrutemos del, hagamos que se pueda disfrutar del, permitamos que se pueda disfrutar del, que se disfrute del, que exista el disfrute del, que exista la existencia -relacionada con la, existencia, del todo, de la, humanidad- existente con la existencia del) mundo bueno. Hagamos (configuremos) el mundo de una forma buena. Hagamos que el mundo exista con base en el (en la, una, alguna, forma, de la existencia, del) bien.

 

Hagamos (logremos) que el mundo exista de una forma buena. Hagamos (configuremos) el mundo con base en (hagamos, configuremos, el mundo de) la forma de la existencia del bien (es decir, con base en -de- la forma de la existencia de la validez jurídica, es decir, con base en lo definido -de la forma, de la existencia, definida- en el -todo del- derecho, es decir, en el deber ser jurídico, es decir, en el ideal del derecho -en el ideal jurídico, es decir, en la forma de la existencia del bien).