Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

Fundador de JURÍDIA – Enseñamos mundialmente la validez jurídica

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Los seres (sujetos y objetos) relacionados con la forma en la cual exista el cumplimiento del derecho en cada ambiente relacionado con él (con lo definido en el derecho) disfrutan (se benefician) de su efecto.

 

Gracias a que existen con base en la forma de la existencia de un ambiente en el cual existe el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes definidos en el derecho.

 

Porque cuando se cumple con el derecho cada ser relacionado con dicho cumplimiento (con la forma en la cual exista el, ese, dicho, tal, cumplimiento) existe de una forma buena.

 

Ya que cuando el ser humano goza de sus derechos y cumple con sus derechos jurídicos (es decir, ya que cuando el ser humano cumple con, lo definido en, el derecho) existe el bien.

 

En lo relacionado con ello. Con la forma en la cual exista el goce de los (de esos) derechos y el cumplimiento de los (de esos) deberes jurídicos.

 

Porque los derechos y deberes definidos en el derecho son la forma para que exista la libertad y, propiamente, el bien. En lo relacionado con (lo relacionado, vinculado, con) el ser humano.

 

Por eso, los derechos y deberes jurídicos son la forma (de la existencia) que hacen (a) la forma de la existencia del (son la forma que hace que exista el) bien (lo bueno, la bondad).

 

Por eso, los derechos y los deberes jurídicos se deben aplicar. Por eso, los derechos jurídicos se deben gozar y los deberes jurídicos se deben cumplir.

 

Por eso, se debe cumplir con (lo definido en) el derecho. Por eso, lo definido en el derecho se debe aplicar. Por eso, cada quien debe cumplir con el derecho con base en la forma a cada quien le aplique.

 

Por eso, cada ambiente en el cual aplique el derecho (es decir, cada ambiente en el cual existan derechos y deberes definidos en el derecho) debe existir de una forma en la cual los derechos jurídicos se gocen y los deberes jurídicos se cumplan.

 

Por eso, cada ambiente relacionado con lo definido en el derecho debe existir de una forma válida jurídicamente. Es decir, de una forma en (relación con) la cual se cumpla con el derecho. Es decir, de una forma que coincida con su (el) deber ser jurídico (es decir, con la forma en la cual le aplique el derecho).

 

Por eso, cada ambiente válido jurídicamente es bueno. Es la forma de la existencia en (relación con) la cual existe el bien. Al ser armónico con (lo definido en) el derecho. Por eso, cada ser existente en el (un) ambiente válido jurídicamente está bien. Existe de una forma buena. Existe en relación con la forma de la existencia del bien. Existe bien. Es bueno.