Por: Prof. Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora

Fundador de JURÍDIA – Formación Jurídica sobre Los Principios Generales del Derecho en Relación con la Inteligencia Artificial (IA)

La forma de la existencia de la validez jurídica relación con el (denominado, conocido, como) «metaverso» se define con base en la forma en la cual exista cada ambiente conocido (denominado) como metaverso. Con base en la forma en la cual exista el (denominado, conocido, como) metaverso. Con base en la forma en la cual exista el todo de la forma de la existencia del metaverso.

Por eso, se trata de conocer a la forma de la existencia del (de cada ambiente conocido, denominado, como; del todo del) metaverso para conocer (a) forma en la cual le aplica (aplique) lo definido en el derecho y, propiamente, (se trata) de hacer que el metaverso exista de una forma que coincida con (lo definido en) el derecho. Con la forma en la cual le aplique el derecho. En relación con (la forma de, la existencia de) cada ambiente (relacionado con, lo definido en, el derecho) en (relación) con el cual exista el (un, cada -forma, de la existencia, conocida, denominada, como-, el todo del) metaverso.

Por eso, se trata de conocer y (de) atender (a) la forma de la aplicación del derecho en (relación con) el metaverso. A la forma en la cual el derecho le aplica al metaverso. A la forma en la cual se debe (incluido, puede) atender a lo definido en el derecho en relación con el metaverso. Es decir, se trata de hacer que el metaverso exista de una forma (que sea) armónica con el (con su, respectivo) deber ser jurídico (es decir, con la forma en la cual le aplique el derecho, en cada situación relacionada con lo definido en el derecho).

Por eso, se trata de que cada persona (física, es decir, natural -es decir, la persona de cada ser humano, es decir, cada ser humano-, y moral, es decir, jurídica) exista de una forma válida jurídicamente en relación con el metaverso. Con base en la forma en la cual exista cada persona en cada ambiente relacionado con (lo definido en) el derecho en (relación con) el cual exista el (un, algún, cada, todo, el todo de la forma de la existencia del) metaverso.

Porque se trata de que exista el metaverso válido jurídicamente. Se trata de que el metaverso sea válido jurídicamente. Se trata de que el metaverso exista de una forma válida jurídicamente. Exista de una forma que coincida con el derecho. Exista de una forma en relación con la cual exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos.

Lo cual existe cuando cada ser humano existente en relación con el metaverso existe de una forma en (relación con) la cual cumple con (lo definido en) el derecho con base en la forma en la cual (el derecho) le aplique (aplica) a la medida de la forma en la cual (su ser, humano) exista (existe) en cada ambiente relacionado con el derecho en relación con el cual existe (exista) el (un, cada, todo, el todo del) metaverso.

Por eso, cuando cada ser humano existente en cada ambiente relacionado con el derecho en el cual existe el metaverso cumple con el derecho existe el metaverso válido jurídicamente. El metaverso existe de una forma válida con base en lo definido en el derecho. El metaverso existe de una forma que cumple con lo definido en el derecho.

El metaverso atiende el (a su, respectivo) deber ser jurídico. El metaverso existe de la forma del (de su) deber ser jurídico. Existe el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos (es decir, de los derechos y deberes definidos en el derecho; derechos y deberes que -solo- tienen -que están a cargo, que deben ejercer y, propiamente, que cuando se aplican, ejercen, los, seres humanos) en relación con ello (es decir, en relación con la forma de la existencia del, respectivo, metaverso, es decir, en, todo, lo relacionado con la forma en la cual existe, exista, el, respectivo, el todo del, metaverso).

Por eso, se debe tener claro (el) que (el hecho de que) existe el (la forma, de la existencia, del) mundo relacionado con la existencia humana. En (es, ese es, el ambiente -la forma, de la existencia- en) relación con el (-la-) cual existen (los) derechos y deberes jurídicos. Por eso, no se trata de un mundo «físico» y de un mundo «digital». Incluido, no se trata de un mundo «físico» y de un mundo «virtual» (lo virtual es una forma de representación de lo real, es algo ficticio; por eso, lo virtual solo existe cuando existe un elemento real que represente algo que no es, sea, real; por eso, por ejemplo, no existe el comercio virtual, existe el comercio, porque es algo que existe, solo que en algunos casos se desarrolla mediante elementos analógicos, en átomos, y electrónicos, en bits). Se trata del todo de la forma de la existencia del mundo relacionado con la existencia humana.

Por eso, siempre que existen (existan) derechos y deberes jurídicos (es decir, efectos jurídicos) existe lo real (porque lo ficticio existe dentro de la realidad, otra cosa es que según la forma en la cual exista, en cada situación, el derecho le aplique, aplica, de una forma específica, incluido: a la medida de ello). Por eso, jurídicamente (es decir, en relación con lo definido en el derecho) existe el mundo (relacionado con lo humano). Por eso, (por ejemplo) jurídicamente no existe el (conocido, denominado, como) ciberespacio. Existe el tiempo y el espacio (es decir, el espacio, o, si se quiere, el tiempo, el uno, siempre, incluye al otro).

Propiamente, existe el (la forma, de la existencia, del) ambiente (creado por el resultado de la unión del tiempo y del espacio) relacionado con (lo definido en) el derecho. Existe la forma de la existencia de cada ambiente relacionado con el derecho. Existe el todo del ambiente relacionado con el derecho, Existe cada forma de la existencia de los derechos y deberes jurídicos. Existe el todo de la forma de la existencia de los derechos y deberes jurídicos. Existe el (todo de la forma de la existencia del) cumplimiento del derecho.

Por eso, (es que) en relación con la forma en la cual exista el metaverso (en relación con cada ambiente relacionado con el derecho) existe un ambiente relacionado con (lo definido en) el derecho. El cual debe existir de una forma válida jurídicamente. Es decir, de una forma que coincida con lo definido en el derecho. Es decir, de una forma en relación con la cual exista el goce de (se gocen) los derechos y el cumplimiento de (se cumplan) los deberes jurídicos.

Por eso, se trata de que cada ser humano existente en relación con ello debe ser diligente jurídicamente. Debe ser diligente jurídicamente. Debe existir de una forma válida jurídicamente. Debe hacer que en lo relacionado con su ser exista validez jurídica. Debe hacer que su ser (incluido: debe hacer que, todo -que el todo de- lo relacionado con su ser) exista de una forma válida jurídicamente. Propiamente, debe cumplir con el derecho. Debe existir de una forma en relación con la cual cumpla con el derecho (de una forma que cumpla con lo definido en el derecho en relación con la forma en la cual exista su ser en -el todo de- dicho ambiente).

Por eso, (por ejemplo) se trata de que (el todo de, la forma de, la existencia de) las telecomunicaciones, el (de que el todo de, la forma, de la existencia, del) software (es decir, el programa de computador, el programa de ordenador), el (de que el todo de, la forma, de la existencia, del) hardware (es decir, -todos- los objetos en átomos que hacen parte -del todo- de la forma de la existencia de la computación, incluido: electrónica, por ejemplo: las partes en átomos que tiene un computador electrónico, una computadora electrónica, un ordenador) y el (todo de, la forma de, la existencia del) contenido comunicado de una forma (de la existencia) digital existan de una forma válida jurídicamente en relación con la forma en la cual exista el metaverso. Lo cual existe cuando los seres humanos relacionados con ello cumplen con el derecho.

Por eso, (en general) cuando cada ser humano existente en cada ambiente relacionado con el derecho goza de (todos) sus derechos y cumple con (todos) sus deberes jurídicos el (respectivo, cada, el todo del) ambiente (relacionado con el derecho) existe de una forma válida jurídicamente (gracias a que los seres humanos que cumplen con, lo definido en, el derecho -es decir, que son diligentes jurídicamente; propiamente, que existen de una forma válida jurídicamente- hacen que cada parte y el todo del ambiente -incluido: hacen que cada sujeto, humano y no humano, y objeto- existan de una forma válida jurídicamente, es decir, de una forma armónica, en relación, con lo definido en el derecho, es decir, de una forma que coincide con, lo definido en, el deber ser jurídico).

Por eso, se trata del conocimiento (incluido, de la detección) y de la atención del todo del efecto jurídico (existente) en relación con el (cada, todo, el todo del) metaverso. Es decir, de conocer y atender a la forma en la cual existen (existan) los derechos y deberes jurídicos en relación con el (cada, todo, el todo del) metaverso. Con base en la forma en la cual exista el metaverso en (el todo de) cada ambiente (creado por el resultado de la unión de las formas de la existencia analógicas -en átomos- y electrónicas, incluido: digitales, -en bits-) relacionado con ello.

Por eso, es determinante comprender (el, hecho de) que siempre que existe (exista) una relación entre (dos o más) seres humanos existen derechos y derechos jurídicos y, propiamente, (es determinante) hacer que cada relación entre seres humanos exista de una forma válida jurídicamente (es decir, de una forma en, relación con, la cual se gocen los derechos y cumplan los deberes jurídicos, es decir, en, relación con, la cual exista el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos). Esa es la forma en (relación con) la cual se existe bien. Existe el bien. Esa es la forma (de la existencia) en (relación con) la cual el todo de la forma de la existencia relacionada con (el todo de, la forma de) la existencia humana existe bien.

Por eso, cada ser humano se representa (es representado) mediante su persona y los elementos (propiamente, y los sujetos -humanos y no humanos- y objetos, incluido: sujetos y objetos, existentes en relación con -la forma de, la existencia de- un medio analógico, es decir, en átomos, y/o digital, propiamente: y/o electrónico, es decir, en bits) relacionados con (el todo de, la forma de, la existencia de) su persona. Es decir, (propiamente) se representan con (por, mediante) el todo de la forma de la existencia de (relacionada con) su persona.

Por eso, la forma en la cual cada ser humano debe cumplir con el derecho se define con (base en) la forma en la cual existe (exista) su persona en cada ambiente relacionado con (lo definido en) el derecho. Esa es la forma en la cual el ser humano se define jurídicamente. En la cual se define jurídicamente el (al, a cada) ser humano. Esa es la forma en relación con la cual se define a la forma en la cual el derecho le aplica a cada ser humano.

Esa es la forma (de la existencia) en (relación con) la cual se definen los derechos y deberes jurídicos de (en relación con) cada ser humano. Incluido: a la medida de la forma en la cual exista (cada ser humano) en cada ambiente relacionado con el derecho. Incluido el ambiente relacionado con el (cada, un, todo, el todo del, el todo de la forma de la existencia conocida, denominada, como) metaverso.

Por eso, cada ser humano debe cumplir con el derecho con base en la forma en la cual le aplica (aplique) al ser la forma de la existencia en relación con la cual cada quien puede gozar y, propiamente, goza de sus derechos y puede cumplir y, propiamente, cumple con sus deberes jurídicos. Lo cual hace que exista el (incluido: que se pueda disfrutar y, propiamente, que se, disfrute del bien). Lo determinante es hacer que el todo de la forma de la existencia del (todo del) ambiente relacionado con el todo de la forma de la existencia de lo definido en el (todo del) derecho exista de una forma válida jurídicamente. Lo podemos hacer (lograr).