GUÍA GENERAL JURÍDIA

SOBRE DERECHO PREVENTIVO DEL CONSUMO EN LA PUBLICIDAD DIGITAL

 

 

NOTA ACLARATORIA

 

Este documento comunica los elementos estructurales de la validez jurídica de la publicidad digital empresarial. Debe dimensionarse y, en general, atenderse (diligentemente) a la medida del (de cada) caso. Al ser la forma (concreta) que hace que la publicidad exista con validez, eficacia y seguridad jurídica (en cada caso).

 

 

PREMISA ESTRUCTURAL

 

La publicidad digital empresarial es un ambiente que solo es válido si (cuando) su creación, funcionamiento, comunicación y atención tiene armonía con todas las variables formales y materiales del mismo. En definitiva: si tiene armonía con las normas jurídicas que le aplican (a la medida de cada caso relacionado con su ambiente de existencia). Propiamente: es un ambiente válido (jurídicamente) si (cuando) coincide con su deber ser jurídico. Es decir: debe existir validez (jurídica) antes (creación), durante (comunicación) y después (atención) de la emisión de la pieza publicitaria hacia el (al) consumidor. Lo que implica detectar, atender y armonizar todas las variables analógicas y digitales de cada ambiente de publicidad digital empresarial. Cuando se logra: se crea derecho preventivo del consumo en la publicidad digital. Es decir: cuando se logra se hace la existencia de la validez jurídica. Propiamente: cuando se logra existe la publicidad digital empresarial válidamente (jurídicamente). En eso consiste la (esta) teoría. La idea es que cada empresa (mercantil) lo haga a la medida de cada caso (en lo que dependa de su diligencia) y que cada consumidor actúe diligentemente en relación con la publicidad (válida) para que (así) exista la (una) relación de consumo válida (jurídicamente) entre ellos (entre ambos).

 

 

RUTA DE DERECHO PREVENTIVO

 

Para hacer la publicidad digital empresarial se deben conocer y atender las variables extracontractuales y/o contractuales existentes (a la medida de cada caso) en la creación, el funcionamiento, la comunicación y la atención de la publicidad digital empresarial de una forma en la que coincidan con el deber ser jurídico aplicable en la respectiva variable y, en general (en definitiva), con el deber ser jurídico aplicable en (el todo de) la publicidad (a la medida de cada caso).

 

 

EN LA CREACIÓN DE LA PUBLICIDAD

 

  • Se debe conocer la idea que fundamenta la existencia de la pieza publicitaria.
  • Se debe conocer el deber ser jurídico que procede en relación con esa idea.
  • Se debe hacer que la pieza se fundamente en una idea que coincida con el deber ser jurídico que aplicará en la pieza concreta.
  • Se debe hacer la pieza de una forma (concreta) en la que exista coincidiendo (armónicamente) con su deber ser jurídico (integralmente).

 

Mensaje de resumen

Pieza publicitaria válida (jurídicamente) al existir de una forma armónica con el deber ser jurídico de su ambiente de existencia

 

 

EN EL FUNCIONAMIENTO DE LA PUBLICIDAD

 

  • Se debe definir (diligentemente) la forma del ambiente (analógico y/o digital) que existirá en relación con la existencia de la pieza publicitaria creada.
  • Se debe conocer si el ambiente (analógico y/o digital) definido en el que existirá la pieza publicitaria creada (y, en general: que existirá en relación con la existencia de la pieza) existirá (total o parcialmente, según el caso) dentro de la empresa o dentro del ambiente de un tercero.
  • Se debe conocer el deber ser jurídico existente en relación con ese ambiente.
  • Se debe hacer que solo exista el ambiente (relacionado con la pieza) que coincida con su deber ser jurídico (a la medida de cada caso).
  • Se debe hacer que la pieza (concreta) solo exista en el ambiente (propio y/o ajeno, según el caso) que coincida con el deber ser jurídico que le aplique (a la medida de cada caso).

 

Mensaje de resumen

Funcionamiento válido (jurídicamente) del ambiente al coincidir con su deber ser jurídico a la medida de cada caso

 

 

EN LA COMUNICACIÓN DE LA PUBLICIDAD

 

  • Se debe definir (diligentemente) la forma en la que se comunicará la pieza publicitaria.
  • Se debe conocer el ambiente que existirá con esa forma.
  • Se debe conocer el deber ser jurídico que existirá en relación con esa forma.
  • Se debe hacer que la comunicación de la pieza se haga de la forma (concreta) en la que coincide con su deber ser (jurídico) haciendo, como consecuencia, un acuerdo del lenguaje (válido) entre la empresa y el consumidor (a la medida de cada caso).

 

Mensaje de resumen

Comunicación válida (jurídicamente) al existir haciendo un acuerdo del lenguaje válido entre la empresa y el consumidor

 

 

EN LA ATENCIÓN DE LA PUBLICIDAD

 

  • Se debe conocer el efecto jurídico (extracontractual y/o contractual) que causa (en cada caso) la pieza publicitaria comunicada.
  • Se debe conocer la forma en la que le procede el derecho a la forma de la atención de cada efecto (con base en la naturaleza, el objeto y el alcance de cada efecto).
  • Se debe atender cada efecto de una forma que coincida con la forma en la que le procede su deber ser jurídico (es decir: el derecho).

 

Mensaje de resumen

Atención válida (jurídicamente) del efecto de la publicidad al ser una forma diligente que atiende el deber ser jurídico

 

                          

GRÁFICA SOBRE EL DESTINO (LA META) DE LA RUTA DE DERECHO PREVENTIVO DEL CONSUMO EN LA PUBLICIDAD DIGITAL EMPRESARIAL

 

 

 

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Esta obra se creó el 4 de julio de 2018 por Camilo Alfonso Escobar Mora