Por: Dr. Camilo Alfonso Escobar Mora ©

Fundador de JURÍDIA – Centro de Enseñanza e Investigación de Derecho Preventivo del Consumo en la Publicidad Digital

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Un turista estaba en un restaurante. Deseaba almorzar (comer) ahí. El mesero del restaurante le entregó la carta (el menú) del restaurante. El turista eligió el plato llamado (denominado, titulado; en el menú, en la carta) ensalada de la casa (cuyos ingredientes no se comunicaban en, mediante, el menú, la carta). Cuando el mesero le llevo ese plato el turista le dijo que él no había elegido eso. Que eso era lechuga y no la ensalada de la casa. El mesero le indicó que ese era el ingrediente de esa ensalada. El turista le dijo que el menú (que la carta) no comunicaba cómo era la ensalada (que, no comunicaba como era la apariencia definitiva, la forma, de la existencia, total, de la ensalada) y que ni siquiera comunicaba los ingredientes (de la ensalada, de la casa). El mesero le reiteró que así era la ensalada de la casa. El turista le dijo que una ensalada debe tener algo más que solo ensalada. El mesero le reiteró que así era la ensalada de la casa del restaurante. El turista dijo que no estaba interesado en esa (“disque”) ensalada. El mesero le entregó la cuenta (la factura, relacionada con la adquisición de ese producto). El turista le dijo que no iba a pagar nada. El mesero le dijo que no se podía ir si no pagaba la cuenta. El turista le dijo que deseaba irse del restaurante. El mesero le reiteró que para poderse ir debía pagar “la cuenta” (la factura emitida en relación con ello). El turista pagó. El mesero le agradeció. El turista le dijo: “esto es una estafa”. Un abogado que se encontraba en el lugar dijo: en efecto (sí). Es (se trata de) una estafa. Engañaron al (a ese) turista (no soy un juez de la República, pero lo sucedido parece ser una estafa). Todos quienes se encontraban en el restaurante (como consumidores) le dieron la razón al turista. El mesero ni siquiera se sonrojó. El propietario del restaurante felicitó al mesero. El turista denunció lo ocurrido (lo acontecido) ante (el todo de) la autoridad pública competente (ante las autoridades públicas competentes). El restaurante fue declarado (judicialmente y administrativamente, es decir, y ante las autoridades públicas, de control, no judiciales, como) responsable jurídicamente de (por) lo ocurrido (con el turista). Cada quien participante como delincuente en la realización de la estafa ha respondido penalmente ante el Estado a la medida de su responsabilidad jurídica en relación con ello, el restaurante ha tenido mala reputación y el propietario ha debido disculparse ante (se ha disculpado con) el (en ese momento, denominado, conocido como) turista, además de que ha pagado una multa y ha tenido que indemnizar al (en ese momento, denominado, conocido como) turista. Actualmente, el restaurante ha aclarado su menú y ahora (sí) ofrece (y, cuando la adquieren, válidamente jurídicamente, vende) ensalada de la casa. El propietario espera lograr una buena reputación. El mesero siempre está pendiente de que todo lo relacionado con su trabajo exista bien. El abogado ha dicho: ojalá siempre hubieran actuado bien (jurídicamente). El derecho ha expresado: lo único bueno es lo válido jurídicamente. Porque es cuando se gozan los derechos y se cumplen los deberes jurídicos. Jurídico precisa: de hecho, por ejemplo, cuando se adquiere un producto alimenticio en un restaurante no existe una compraventa sino una relación que incluye tanto (a) la compraventa de ese producto como el (todo del) servicio del restaurante (a la medida de cada situación existente entre cada quien, propiamente, entre cada persona, física, es decir, natural, y/o moral, es decir, jurídica, que, jurídicamente, sea, el, un, consumidor del, ante el, en relación con el. restaurante y el restaurante) y, propiamente, el todo de la forma en la cual exista cada relación jurídica entre cada persona que adquiera ese (el, dicho) producto y el restaurante. Libertad afirma: lo bueno es lo justo (jurídicamente). Bondad invita: seamos libres (jurídicamente), actuemos bien (jurídicamente). Vida confirma: existamos bien (jurídicamente). Existencia libera: la coexistencia existe cuando se existe bien (jurídicamente), así que existamos.